Con una nómina de 1.500 euros netos y un hijo, lo habitual es una pensión alimenticia de entre 250 y 350 euros al mes. Con dos hijos, la horquilla sube a entre 400 y 500 euros. Son cifras orientativas: la cantidad final la fija el juez mirando tu caso concreto.
Esa horquilla sale de las tablas orientadoras del Consejo General del Poder Judicial, que cruzan los ingresos netos del progenitor obligado con el número de hijos y el índice de vida de cada comunidad autónoma. Es el mismo cálculo que hace la calculadora oficial.
Aquí tienes la tabla por tramos de nómina, cómo calcular la cantidad paso a paso, qué factores mueven la cifra y los dos gastos importantes que las tablas del CGPJ no incluyen.
Cuánta pensión sale según la nómina
Estos son los importes orientativos más habituales en la Comunitat Valenciana, calculados sobre ingresos netos mensuales y con custodia exclusiva del otro progenitor:
| Ingresos netos | Un hijo | Dos hijos |
|---|---|---|
| 1.200 € | 200 – 280 € | 330 – 420 € |
| 1.500 € | 250 – 350 € | 400 – 500 € |
| 2.000 € | 330 – 450 € | 520 – 660 € |
| 3.000 € | 480 – 650 € | 780 – 950 € |
Como referencia general, la pensión alimenticia suele moverse entre el 20% y el 30% de los ingresos del progenitor no custodio cuando hay un hijo. No es una regla legal, es lo que se observa en la práctica de los juzgados en la mayoría de los casos.
Y una advertencia importante: ninguna calculadora sustituye al criterio judicial. Sirve para saber si lo que te piden o lo que te ofrecen está dentro de lo razonable, no para cerrar un convenio a ciegas.
Cómo se calcula la pensión de alimentos
El artículo 146 del Código Civil lo resume en dos variables:
- Las necesidades del menor, que dependen de su edad, su salud y su nivel de vida anterior a la ruptura.
- La capacidad económica del obligado al pago, es decir, los ingresos reales de quien abona la pensión de alimentos.
El cálculo no es una fórmula cerrada. Se parte de lo que cuesta cubrir las necesidades de ese menor y se reparte entre ambos progenitores en proporción a lo que cada uno puede aportar. Por eso dos casos con la misma nómina acaban con cifras distintas.
Las tablas orientadoras del CGPJ: qué son y qué no
El CGPJ publica una herramienta de cálculo que cruza tres datos: los ingresos de cada progenitor, el número de hijos menores y el índice de nivel de vida de la comunidad autónoma donde residen.
Son una referencia orientativa, no vinculante. El juez puede apartarse de ellas cuando las circunstancias del caso lo justifican, y lo hace con frecuencia. Aun así, casi todos los juzgados las usan como punto de partida, así que conviene saber qué dicen antes de negociar.
Lo que las tablas NO incluyen
Este es el error de cálculo más repetido. La cifra que arroja la calculadora del CGPJ no incluye dos partidas grandes:
- La vivienda: ni la parte proporcional del alquiler ni la de la hipoteca.
- La educación: ni el colegio concertado o privado, ni la universidad ni la formación posterior.
Esos gastos se suman aparte. Si negocias tomando la cifra de la calculadora como total, te vas a quedar corto, y esa diferencia también se paga durante años.
Qué sube y qué baja la cifra
| Factor | Tiende a subirla | Tiende a bajarla |
|---|---|---|
| Ingresos del obligado | Más ingresos netos | Menos ingresos netos |
| Número de hijos | Más hijos (importe total) | Menos hijos |
| Edad de los menores | Mayor edad y más gastos | Menor edad |
| Tipo de custodia | Custodia exclusiva del otro | Custodia compartida |
| Necesidades especiales | Salud, apoyo o discapacidad | Sin necesidades añadidas |
| Ingresos del custodio | Custodio con pocos ingresos | Custodio con buenos ingresos |
| Vivienda | El obligado no asume el préstamo | El obligado paga la hipoteca |
Fíjate en la última fila, porque se pasa por alto continuamente: si quien paga la pensión asume además la hipoteca de la vivienda familiar donde viven los hijos, esa aportación cuenta y suele rebajar la pensión.
Cómo afecta la custodia compartida
La custodia compartida cambia el planteamiento, pero no elimina la pensión.
Si los ingresos de ambos progenitores son parecidos y el reparto de tiempo es equilibrado, lo habitual es que cada uno asuma los gastos ordinarios durante su periodo y que exista una cuenta común para el colegio y los gastos extraordinarios. En ese escenario no suele fijarse pensión de alimentos.
Si hay desequilibrio económico, sí se fija. Con custodia compartida y una nómina de 1.500 euros frente a otra de 2.500 euros, lo normal es una aportación de quien más gana, aunque bastante menor que en custodia exclusiva.
La calculadora del CGPJ: cómo usarla bien
La calculadora de pensión de alimentos del Consejo General del Poder Judicial es pública y gratuita. Para calcular la cifra te pedirá los ingresos netos de ambos progenitores, el número de hijos menores, la comunidad autónoma de residencia y el tipo de custodia.
Tres avisos para que el cálculo sirva de algo:
- Introduce ingresos netos, no el bruto. Es el error más frecuente al usar la calculadora y dispara la cifra sin motivo.
- Prorratea las pagas extra. Si cobras catorce pagas, divide el total anual entre doce para obtener los ingresos netos mensuales reales.
- Suma después vivienda y educación. La herramienta no las cubre, así que su resultado nunca es el total que vas a pagar.
Con esos datos, la calculadora devuelve una cantidad orientativa por hijo. Sirve para negociar con una referencia común y para detectar si lo que te piden se sale de lo razonable. No sirve para cerrar un convenio sin que nadie lo revise.
Cuánta pensión con otras nóminas
La pregunta cambia según lo que entra cada mes. Estos son los tramos que más se consultan, siempre sobre ingresos netos y con custodia exclusiva del otro progenitor.
Con una nómina de 1.200 euros
La pensión alimenticia habitual está entre 200 y 280 euros por un hijo. En este tramo el mínimo vital pesa mucho: el juez comprueba que al obligado le quede lo necesario para cubrir su propia vivienda y su subsistencia antes de fijar la cantidad.
Con una nómina de 2.000 euros
La pensión alimenticia se mueve entre 330 y 450 euros por un hijo, y entre 520 y 660 euros por dos. A partir de este nivel de ingresos los juzgados empiezan a incluir con más facilidad partidas como actividades o centro concertado dentro de lo ordinario.
Con una nómina de 3.000 euros
La pensión ronda los 480 a 650 euros por un hijo. Aquí entra en juego el criterio del nivel de vida anterior a la ruptura: si los hijos estaban acostumbrados a un determinado tipo de colegio o de actividades, la pensión tiende a mantenerlo.
Pagas extra, autónomos e ingresos variables
No todo el mundo cobra una nómina fija, y ahí el cálculo se complica. Si eres autónomo, el juzgado no se queda con lo que declaras: mira los rendimientos de los últimos ejercicios, los movimientos bancarios y el nivel de vida real.
Con ingresos variables o comisiones, lo habitual es fijar una pensión mensual fija calculada sobre la media de los últimos doce meses, y no un porcentaje, porque un porcentaje obliga a revisar la nómina cada mes y genera conflicto.
Las pagas extra se prorratean. Si cobras 1.500 euros en catorce pagas, tus ingresos netos mensuales a efectos de cálculo no son 1.500, son 1.750.
Cómo dejarlo escrito en el convenio regulador
Una vez fijada la pensión alimenticia, la mitad de los problemas futuros se evitan si hay acuerdo y se redacta bien el convenio regulador. Estos son los puntos que conviene cerrar:
- Importe exacto de la pensión y día de pago, con número de cuenta y concepto.
- Fórmula de actualización de la pensión y mes en que se aplica.
- Lista de gastos extraordinarios con ejemplos concretos, no una fórmula genérica.
- Plazo para comunicar un gasto extraordinario y para reclamarlo.
- Qué pasa con la vivienda y si el pago del préstamo se descuenta o no.
- Duración prevista y causas de extinción.
No confundir con la pensión compensatoria
Son dos cosas distintas y se calculan de forma diferente. La pensión de alimentos es un derecho de los hijos y cubre sus necesidades ordinarias. La pensión compensatoria es para el cónyuge al que el divorcio deja en peor situación económica que al otro.
Pueden coexistir, y de hecho coexisten con frecuencia. Pero una no sustituye a la otra: renunciar a la compensatoria no rebaja la pensión que corresponde a los hijos, porque ese derecho no es de los padres y no se puede negociar a la baja en un pacto privado.
El mínimo vital: cuando el obligado gana muy poco
El Tribunal Supremo ha fijado que la pensión no puede dejar al progenitor obligado por debajo de lo necesario para subsistir. Ese mínimo de la pensión suele situarse en torno a los 150 euros por hijo, y solo en situaciones de pobreza acreditada se rebaja o se suspende de forma temporal.
Ojo: suspender no es extinguir. La obligación reaparece cuando la situación económica mejora, y las mensualidades no abonadas siguen debiéndose salvo que la resolución diga lo contrario.
La actualización anual
Casi todas las sentencias fijan una actualización automática de la pensión conforme al IPC, con efectos cada enero. No hay que pedirla al juzgado: basta aplicar el índice publicado y comunicar la nueva cantidad.
Si llevas años sin aplicar esa actualización, puedes reclamar las diferencias de los últimos cinco años. Es dinero que se pierde por no hacer una cuenta una vez al año.
Un ejemplo práctico
Un padre con nómina de 1.500 euros netos, una hija de 9 años, custodia exclusiva de la madre y ella con ingresos de 1.100 euros. Así se calcula:
- La calculadora del CGPJ arroja unos 290 euros al mes de gastos ordinarios.
- El colegio es público, así que no se suma matrícula.
- Él no vive en la vivienda familiar ni paga su hipoteca.
- Los gastos extraordinarios se acuerdan al 50%.
Resultado razonable: una pensión de alimentos de entre 280 y 320 euros, más la mitad de los gastos extraordinarios. Si esa misma hija fuera a un centro concertado, habría que sumar la parte proporcional de la matrícula para cubrir la educación.
Si la cantidad ya no encaja con tu situación
Las circunstancias cambian: un despido, una bajada de ingresos, un ascenso, otro hijo. La pensión alimenticia puede revisarse al alza o a la baja, pero nunca por tu cuenta.
La vía es la modificación de medidas, y hay que acreditar un cambio relevante y no buscado de forma voluntaria. Dejar de abonar la pensión sin resolución genera una deuda que se acumula mes a mes y se reclama por ejecución.
Errores frecuentes al fijar la pensión
Estos son los fallos que más veces obligan a volver al juzgado años después:
- Fijar la pensión sobre el sueldo bruto. La pensión alimenticia se calcula sobre ingresos netos, y la diferencia es de cientos de euros al año.
- Olvidar la actualización. Una pensión sin cláusula de actualización pierde valor cada año y recuperarlo exige reclamar.
- No listar los gastos extraordinarios. Sin ejemplos concretos, cada gasto se convierte en una discusión.
- Aceptar una pensión baja a cambio de la vivienda. Son cosas distintas: la pensión pertenece a los hijos y no se negocia contra el reparto de bienes.
- Pactar un porcentaje en lugar de una cantidad. Obliga a revisar la nómina cada mes y multiplica el conflicto entre ambos progenitores.
- Dejar de pagar la pensión por tu cuenta cuando cambian las circunstancias, en lugar de pedir la modificación.
Ninguno de estos errores se arregla solo. La pensión de alimentos que se firma hoy condiciona los quince años siguientes, así que merece la pena calcular bien desde el principio.
La pensión de alimentos en Gandía
Los asuntos de familia de Gandía y de la mayoría de municipios de La Safor se siguen ante los Juzgados de Primera Instancia de Gandía. El índice de nivel de vida que aplica la calculadora del CGPJ para calcular la pensión es el de la Comunitat Valenciana, algo por debajo de la media estatal, así que las cifras suelen quedar ligeramente por debajo de las de Madrid o el País Vasco.
En Abogados Chova llevamos 30 años calculando la pensión de alimentos con números encima de la mesa, tanto para quien la reclama como para quien la abona. Si quieres saber qué cantidad es razonable en tu caso, habla con nuestro abogado de pensión de alimentos en Gandía.
Preguntas frecuentes
¿Cuánta pensión de alimentos con una nómina de 1.500 €?
Entre 250 y 350 euros al mes por un hijo, y entre 400 y 500 euros por dos, según las tablas orientadoras del CGPJ. La cifra final depende de la custodia, la edad de los menores y los ingresos del otro progenitor.
¿Qué porcentaje del sueldo es la pensión?
No hay un porcentaje legal. En la práctica se mueve entre el 20% y el 30% de los ingresos netos mensuales con un hijo, y sube con el número de hijos.
¿Cómo se calcula la pensión de alimentos?
Cruzando las necesidades del menor con la capacidad económica del obligado, según el artículo 146 del Código Civil. Para calcular la cifra, los juzgados usan como referencia la calculadora del CGPJ, que pide ingresos, número de hijos y comunidad autónoma.
¿Se actualiza cada año?
Sí, la pensión se actualiza casi siempre conforme al IPC y de forma automática. Si no se ha aplicado esa actualización, se pueden reclamar las diferencias de los últimos cinco años.
¿Se paga pensión con custodia compartida?
Solo si hay desequilibrio económico entre ambos progenitores. Con ingresos similares, lo habitual es que cada uno cubra los gastos ordinarios de los hijos en su periodo, sin pensión.
¿Cuenta la hipoteca de la vivienda familiar?
Sí. Si el obligado paga el préstamo de la vivienda donde residen los hijos, esa aportación se valora y suele rebajar la pensión.
