Abogado de impuesto de sucesiones en Gandía

El impuesto de sucesiones asusta más de lo que debería, sobre todo en la Comunitat Valenciana, donde los parientes más cercanos disfrutan de bonificaciones muy elevadas. Pero hay un enemigo real: el plazo. Son seis meses desde el fallecimiento, y se pasan volando entre el duelo y los trámites. Dejarlo correr sí sale caro. Llevamos 30 años liquidando el impuesto de sucesiones en plazo para familias de Gandía y la Safor.

30 años de experiencia  ·  Primera consulta sin compromiso  ·  Despacho en el centro de Gandía

Qué hacemos con el impuesto de sucesiones en Gandía

Nos encargamos de toda la parte fiscal de la herencia. Inventariamos y valoramos los bienes, aplicamos las reducciones y bonificaciones autonómicas que correspondan, calculamos la cuota, preparamos y presentamos el modelo del impuesto dentro del plazo y gestionamos también la plusvalía municipal cuando hay inmuebles. El impuesto está regulado en la Ley 29/1987, pero la Comunitat Valenciana tiene competencias que rebajan mucho la factura para los parientes cercanos. Saber aplicarlas bien es la diferencia entre pagar lo justo o pagar de más.

El error más caro es despistarse con el plazo. Una vez vencido, además del impuesto se pagan recargos e intereses que se podían haber evitado.

En qué casos te ayudamos

Trámites fiscales de la herencia que gestionamos

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El plazo de seis meses y la prórroga

El impuesto de sucesiones debe presentarse en los seis meses siguientes al fallecimiento. Es el dato que más conviene grabarse. Si se prevé que no va a dar tiempo (porque falta documentación, hay herederos en el extranjero o la herencia es compleja), se puede solicitar una prórroga de otros seis meses, pero hay que pedirla dentro de los cinco primeros meses. Vigilamos este plazo desde el primer día y, si hace falta, solicitamos la prórroga a tiempo para que no se te escape.

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Bonificaciones de la Comunitat Valenciana

Aquí está la buena noticia para la mayoría de las familias. La Comunitat Valenciana aplica reducciones por parentesco y, tras la reforma autonómica de 2023, una bonificación muy elevada en la cuota para los parientes más cercanos: cónyuge, hijos, nietos y padres (los llamados grupos I y II). Eso significa que, en muchas herencias entre familia directa, lo que finalmente se paga es muy inferior a lo que la gente teme, e incluso testimonial. Calculamos tu caso con la normativa vigente para que sepas exactamente a qué atenerte, sin sustos ni sorpresas.

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Cómo se calcula: reducciones, vivienda habitual y empresa familiar

Más allá de la bonificación general, hay reducciones específicas que bajan la base imponible. La reducción por adquisición de la vivienda habitual del fallecido por parte de cónyuge, descendientes o ascendientes. La reducción por la transmisión de una empresa familiar o un negocio, pensada para que la sucesión no obligue a vender el negocio. Las reducciones por discapacidad. Aplicar todas las que correspondan, con sus requisitos, es lo que de verdad reduce la factura. Lo hacemos con tu caso concreto sobre la mesa.

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La plusvalía municipal en las herencias

Si en la herencia hay inmuebles, además del impuesto de sucesiones hay que liquidar la plusvalía municipal (el impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana) en el ayuntamiento correspondiente. Tiene su propio plazo, también de seis meses desde el fallecimiento, prorrogable. Tras los cambios normativos recientes, hay casos en que no procede pagarla (cuando no ha habido incremento real de valor). Lo revisamos para que no pagues una plusvalía que no toca y para que la liquides en plazo cuando sí procede.

Plazos e impuestos de la herencia
ConceptoPlazo / dato
Impuesto de sucesiones6 meses desde el fallecimiento
PrórrogaOtros 6 meses, pidiéndola en los 5 primeros
Bonificación Comunitat ValencianaMuy elevada para cónyuge, hijos, nietos y padres (reforma 2023)
Plusvalía municipal6 meses si hay inmuebles urbanos

Cómo llevamos tu caso

Saber en cada momento qué va a pasar importa tanto como el resultado. Por eso seguimos siempre los mismos pasos.

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Primera consulta

Vemos los bienes, el parentesco y la fecha del fallecimiento. Te decimos el plazo que corre y una primera estimación de la carga fiscal.

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Inventario y valoración

Valoramos los bienes y reunimos la documentación necesaria para liquidar.

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Cálculo y bonificaciones

Aplicamos las reducciones y bonificaciones autonómicas que correspondan y calculamos la cuota real.

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Presentación

Presentamos el impuesto y la plusvalía municipal en plazo y dejamos la herencia lista para repartir.

Seis meses pasan rápido. Cuanto antes empieces, menos prisas, menos recargos y menos sustos.

Por qué elegir nuestro despacho para el impuesto de sucesiones en Gandía

El impuesto de sucesiones se gana en dos cosas: aplicar todas las bonificaciones y reducciones que la Comunitat Valenciana permite, y no pasarse el plazo. Treinta años liquidando sucesiones en la Safor nos dan el conocimiento de la normativa autonómica y la disciplina con los plazos. Te decimos con números reales qué se paga, que casi siempre es mucho menos de lo que temías. Atendemos en valenciano e inglés.

Tu abogado para el impuesto de sucesiones en el centro de Gandía y la Safor

Estamos en la Calle Raussell 6, en pleno centro de Gandía, a pocos minutos de los Juzgados. Liquidamos el impuesto de sucesiones y la plusvalía para familias de toda la Safor y de la provincia de Valencia. La primera toma de contacto puede ser presencial, por teléfono o videollamada.

Si tu caso también toca otras materias, en el despacho llevamos nuestro servicio de abogado de herencias y la declaración de herederos. Puedes ver todas nuestras áreas de práctica y contarnos qué necesitas.

Preguntas frecuentes sobre el impuesto de sucesiones en Gandía

¿Cuánto tiempo tengo para pagar el impuesto de sucesiones?
Seis meses desde el fallecimiento. Se puede pedir una prórroga de otros seis meses, pero hay que solicitarla dentro de los cinco primeros meses. Pasado el plazo sin pagar ni prorrogar, se aplican recargos e intereses.
¿Es verdad que en Valencia se paga muy poco?
Para los parientes más cercanos (cónyuge, hijos, nietos y padres), sí. La Comunitat Valenciana aplica reducciones y, tras la reforma de 2023, una bonificación muy elevada en la cuota para esos grupos, de modo que en muchas herencias entre familia directa la factura es muy reducida. Lo calculamos con tu caso.
¿Hay que pagar también la plusvalía municipal?
Si hay inmuebles, sí, en el ayuntamiento que corresponda y con su propio plazo de seis meses. Tras los cambios normativos recientes, en algunos casos no procede pagarla si no ha habido incremento real de valor. Lo revisamos.
¿Puedo reducir lo que se paga?
Sí, aplicando todas las reducciones que correspondan: vivienda habitual, empresa familiar, discapacidad, además de la bonificación por parentesco. Aplicarlas bien, con sus requisitos, es lo que de verdad baja la factura.

Pide tu consulta con nuestros abogados en Gandía

Si tienes un asunto entre manos, lo más sensato es comentarlo con un abogado que pueda valorarlo de verdad. En Abogados Chova revisamos tu caso, te explicamos las opciones sin rodeos y te decimos cómo podemos ayudarte.

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