Abogado de asistencia al detenido en Gandía

Una detención puede pasar de repente, a cualquier hora, a ti o a alguien de tu familia. Y lo que ocurre en las primeras horas, en comisaría, condiciona todo el procedimiento que viene después. Tener cuanto antes a un abogado de tu parte no es un lujo, es lo que protege tus derechos cuando más se necesitan. Llevamos 30 años asistiendo a detenidos en Gandía y la Safor.

30 años de experiencia · Primera consulta sin compromiso · Español, valenciano e inglés

Qué hacemos en la asistencia al detenido

La asistencia letrada al detenido es un derecho recogido en el artículo 520 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y en el artículo 17 de la Constitución Española, igual en toda España y en cada comunidad autónoma. Desde el momento de la detención tienes derecho a solicitar asistencia legal. Acudimos a comisaría, y ante una situación crítica un abogado de asistencia al detenido actúa con rapidez, con cobertura inmediata y adaptando la intervención al perfil y necesidades del cliente, porque las decisiones de esas primeras horas importan; nos entrevistamos contigo en privado, con total confidencialidad y en un lenguaje claro, antes de la primera declaración y nos aseguramos de que se respetan tus derechos durante todas las diligencias. La defensa no empieza en el juzgado, empieza ahí.

Lo más importante que hacemos en ese momento es darte un consejo claro y sereno: qué declarar, qué no, y por qué. Muchas causas se complican por un error en lo que se dijo sin abogado en las primeras horas. Estar bien asesorado desde el minuto uno cambia el resto del proceso.

En qué casos te ayudamos

Situaciones de asistencia al detenido en comisaría y juzgado

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Tus derechos al ser detenido

Durante la custodia policial tienes una serie de derechos: a guardar silencio y a no declarar contra ti mismo, a saber de qué hechos se te acusa y el motivo de la privación de libertad, a un abogado, a entrevistarte reservadamente con él, a que se avise a un familiar, a un intérprete si no entiendes el idioma, a un reconocimiento por el médico forense si tu salud lo requiere y, si eres extranjero, a que se comunique a tu consulado (art. 520 LECrim). La policía debe informarte de todo ello por escrito, de manera comprensible y en condiciones dignas, y darte acceso a los elementos de las actuaciones esenciales para impugnar la detención. La asistencia se presta en el lugar en que se encuentre el detenido, ya sea en comisaría o en el juzgado. La intervención presencial del abogado en dependencias policiales debe producirse dentro del plazo legal máximo de tres horas desde el aviso. Nos aseguramos de que todos esos derechos se cumplan de verdad y no solo sobre el papel, porque su vulneración puede tener consecuencias en el procedimiento.

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Habeas corpus: el juez resuelve en 24 horas

La detención tiene un límite de tiempo: como máximo 72 horas antes de que pases a disposición judicial o quedes en libertad. Si la detención es ilegal o se prolonga indebidamente, existe el procedimiento de habeas corpus para pedir, de forma inmediata, la puesta ante el juez y que se revise la legalidad de la medida; el juez debe resolver en las 24 horas siguientes a admitirlo (Ley Orgánica 6/1984). Es un derecho del detenido, y también pueden solicitarlo su familia o su abogado. Tienes derecho a guardar silencio, a no declarar contra ti, a designar abogado de tu confianza (es el derecho a designar abogado; si no lo haces, el Colegio de Abogados designa uno a petición de la policía) y a la comunicación de la detención a un familiar o persona de confianza. Hacemos una valoración rápida de plazos y medidas urgentes, y mantenemos el seguimiento de las diligencias para actuar si algo no se está haciendo conforme a la ley.

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Juzgado de guardia y prisión provisional

Tras las diligencias policiales y la investigación inicial de los agentes, el detenido pasa a disposición del juzgado de guardia del partido judicial, con el fiscal presente en muchos casos. Allí el juez le toma declaración y decide su situación: libertad, libertad con medidas (comparecencias, retirada de pasaporte, orden de alejamiento) o prisión provisional. La prisión provisional, la medida cautelar más grave, solo cabe en los supuestos del artículo 503 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y exige una comparecencia en la que el abogado puede oponerse y proponer prueba. En esa fase nos jugamos mucho, es una clave del procedimiento penal, y preparamos los argumentos con la información de las actuaciones y cada documento aportado. Si se acuerda la prisión, cabe recurso ante la Audiencia Provincial.

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Detenciones por violencia de género, lesiones y otros delitos

Una parte importante de las detenciones en la comarca son por violencia de género, agresiones, homicidio en los casos más graves, lesiones, robos y hurtos, estafas, delitos contra la seguridad vial (conducción bajo los efectos del alcohol) o tráfico de drogas, y pesan los antecedentes que tenga el detenido. En los casos de violencia de género la detención suele llevar a un juicio rápido o a medidas de protección inmediatas. En el juicio rápido cabe una conformidad con reducción de un tercio de la pena (art. 801 LECrim), y decidir si conviene o no es una de las cuestiones más delicadas para tus intereses, y conviene preparar la defensa con los hechos y las pruebas desde el primer momento. Cada motivo de detención tiene su estrategia. Si no hay detención sino una citación como investigado, el trámite es distinto, pero el derecho a solicitar abogado y a no declarar sin él es el mismo.

Tus derechos al ser detenido
DerechoEn qué consiste
Guardar silencioNo declarar contra ti mismo
Asistencia de abogadoDesde el inicio (art. 520 LECrim)
Entrevista reservadaEn privado con tu abogado antes de declarar
Plazo máximo72 horas para pasar a disposición judicial

Cómo llevamos tu caso

Saber en cada momento qué va a pasar importa tanto como el resultado. Por eso seguimos siempre los mismos pasos.

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Llamada urgente

En cuanto nos avisas o un familiar solicita la asistencia, nos ponemos en marcha hacia comisaría o el cuartel de la Guardia Civil.

02

Entrevista reservada

Hablamos contigo en privado antes de cualquier declaración.

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Diligencias

Te asistimos en la declaración y velamos por tus derechos y garantías en cada actuación y en todas las fases del proceso policial.

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Continuidad

Seguimos con tu defensa ante el juzgado y el tribunal que juzgue el caso, sin pasarte de mano en mano, llevando a cabo cada paso desde nuestra oficina en Gandía, con seguimiento de las diligencias, una valoración técnica rápida y respuesta inmediata si surge alguna incidencia relevante para la defensa.

Si hay una detención, llama ya. Las horas cuentan: ante una urgencia penal, la presencia del abogado desde el primer momento lo cambia todo.

Por qué elegirnos en las primeras horas de la detención

Cada caso lo lleva un abogado experto en derecho penal, con 30 años de ejercicio de la abogacía en el bufete, con conocimiento de los juzgados de la comarca y atención personal, con asesoramiento y asistencia jurídica desde el primer día. En 30 años hemos asistido a muchos detenidos de Gandía y la Safor, y sabemos que lo que se hace en las primeras horas pesa en todo lo demás. Por eso te damos un consejo claro desde el primer minuto y llevamos tu defensa de principio a fin con la misma persona, incluidos los recursos, buscando la absolución o la mejor salida posible según el análisis de la prueba. Atendemos en español, valenciano e inglés.

Tu abogado de asistencia al detenido en el centro de Gandía y la Safor

Nuestra sede está en pleno centro de Gandía, en la Calle Rausell 6, a pocos minutos de los Juzgados, con un equipo de especialistas en penal. Con 30 años de trayectoria, prestamos asistencia al detenido en Gandía y toda la Safor, con cobertura desde Oliva hasta Tavernes de la Valldigna y en el resto de la provincia de Valencia, actuando en el lugar en que se requiera la intervención. Ante una detención, lo primero es llamarnos cuanto antes para recibir consejo desde el primer minuto, con una estrategia adaptada al asunto y al perfil del cliente.

Si tu caso también toca otras materias, en el despacho llevamos nuestro servicio de abogado penalista y el tráfico de drogas. Puedes ver todas nuestras áreas de práctica y contarnos qué necesitas.

Preguntas frecuentes sobre la asistencia al detenido en Gandía

Han detenido a un familiar o a un amigo, ¿qué hago?
Llámanos cuanto antes y nos ponemos en marcha hacia comisaría para asistir a la persona detenida. Ten a mano su nombre completo, su documentación y las circunstancias que conozcas de la detención. Cuanto antes esté con su abogado, mejor protegidos están sus derechos.
¿Tengo que declarar en comisaría?
Tienes derecho a guardar silencio. Si declarar conviene o no en la declaración policial, y qué decir, es justo lo que valoramos contigo en la entrevista reservada antes de cualquier diligencia. Puedes reservarte y declarar después ante el juez de instrucción.
¿Cuánto puede durar una detención?
Como máximo 72 horas antes de pasar a disposición judicial o quedar en libertad. Si se prolonga indebidamente, existe el habeas corpus para llevarla ante un juez.
¿Puedo elegir mi propio abogado?
Sí, tienes derecho a la elección de abogado de tu confianza, y tu familia puede designarlo por ti. Si nos llamas, acudimos a asistirte directamente. Puedes indicar nuestro nombre a la policía o a la autoridad que te detenga.

Pide tu consulta con nuestros abogados en Gandía

Si tienes un asunto entre manos, lo más sensato es comentarlo con un abogado que pueda valorarlo de verdad. En Abogados Chova revisamos tu caso, te explicamos las opciones sin rodeos y te decimos cómo podemos ayudarte.

Teléfono · WhatsApp
+34 622 854 424

Dirección
Calle Rausell, 6, 1º-1, 46702 Gandía (Valencia)

    Más defensa penal en Gandía

    Este asunto lo dirige nuestro abogado penalista en Gandía, que también te defiende en casos de delitos leves y juicios rápidos y delitos de alcoholemia al volante.