Tu inquilino ya se fue, pero te debe varios meses. O sigue dentro y quieres recuperar el piso y, además, cobrar lo atrasado. Recuperar la vivienda y cobrar las rentas son dos cosas distintas, y se pueden pedir juntas o por separado según tu situación. Lo importante es no resignarse a perder ese dinero. Llevamos 30 años reclamando rentas impagadas para propietarios de Gandía y la Safor.
30 años de experiencia · Primera consulta sin compromiso · Despacho en el centro de Gandía
Revisamos el contrato, los recibos y la situación del inquilino para saber cuánto se debe y cuál es la mejor vía. Si el inquilino sigue dentro, podemos acumular en la misma demanda el desahucio y la reclamación de las rentas. Si ya se ha ido, reclamamos solo las cantidades adeudadas por la vía más ágil, normalmente el monitorio. En ambos casos buscamos no solo la sentencia, sino el cobro real, llegando al embargo de los bienes del deudor cuando hace falta.
La regla de oro es no dejar correr la deuda. Cuanto antes se reclama, más fácil es localizar al inquilino y embargar antes de que desaparezca o se quede sin nada.
Si el inquilino aún ocupa la vivienda, la vía más eficaz suele ser el juicio de desahucio por impago con la reclamación de rentas acumulada: se pide a la vez recuperar el piso y cobrar lo atrasado, conforme al artículo 250.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Si el inquilino ya abandonó la vivienda y solo queda la deuda, no tiene sentido un desahucio: se reclama directamente la cantidad por monitorio o por el juicio que corresponda. Te decimos cuál de los dos caminos encaja con tu caso.
Cuando solo se reclama dinero y la deuda está documentada con el contrato y los recibos, el monitorio (artículos 812 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil) es la vía ágil. Se presenta la petición con la documentación y el juzgado requiere de pago al inquilino. Si paga, cobras; si no se opone, se obtiene título para embargar sin juicio. Es rápido y eficaz precisamente para deudas claras como las rentas de alquiler.
Además de las rentas, se reclaman los intereses de demora y las cantidades asimiladas que el contrato considere renta (gastos, suministros repercutidos). Conviene saber que la acción para reclamar rentas y cantidades asimiladas tiene un plazo de prescripción de cinco años, conforme al artículo 1966 del Código Civil, así que no conviene acumular impagos sin reclamar. Con sentencia o decreto, instamos la ejecución y embargamos nóminas, cuentas y bienes del inquilino hasta cobrar lo adeudado.
Muchos contratos de alquiler cuentan con un avalista o fiador que responde de las obligaciones del inquilino. Si el inquilino no paga, podemos dirigir la reclamación también contra el fiador, que muchas veces es más solvente o más fácil de localizar. Revisamos el contrato para ver el alcance del aval y a quién conviene reclamar. Tener un buen fiador detrás cambia mucho las posibilidades reales de cobro.
| Situación | Vía |
|---|---|
| Sigue ocupando la vivienda | Desahucio con reclamación de rentas (art. 250.1 LEC) |
| Ya abandonó la vivienda | Solo reclamación de la deuda (monitorio) |
| Hay fiador o avalista | Se reclama también al fiador |
| Plazo para reclamar rentas | 5 años (art. 1966 CC) |
Saber en cada momento qué va a pasar importa tanto como el resultado. Por eso seguimos siempre los mismos pasos.
Vemos el contrato, los recibos y si el inquilino sigue dentro o ya se fue. Te decimos qué se debe y por qué vía reclamarlo.
Reclamamos el pago de forma fehaciente, lo que muchas veces resuelve el asunto o abre la negociación.
Presentamos el desahucio con rentas o el monitorio según el caso, e incluimos a los fiadores si los hay.
Con título, instamos la ejecución y el embargo hasta recuperar las rentas y los intereses.
En las rentas impagadas lo que decide es la rapidez y el conocimiento del juzgado. Treinta años defendiendo a propietarios de la Safor nos dan ese rodaje. Sabemos cuándo conviene acumular el desahucio, cuándo basta el monitorio y cuándo hay que ir directos al fiador. Y, sobre todo, trabajamos para que cobres de verdad, no solo para ganar la sentencia. Atendemos en valenciano e inglés.
Estamos en la Calle Raussell 6, en pleno centro de Gandía, a pocos minutos de los Juzgados. Reclamamos rentas de alquiler impagadas para propietarios de toda la Safor y de la provincia de Valencia. La primera toma de contacto puede ser presencial, por teléfono o videollamada.
Si tu caso también toca otras materias, en el despacho llevamos el desahucio por impago y los contratos de arrendamiento. Puedes ver todas nuestras áreas de práctica y contarnos qué necesitas.
Si tienes un asunto entre manos, lo más sensato es comentarlo con un abogado que pueda valorarlo de verdad. En Abogados Chova revisamos tu caso, te explicamos las opciones sin rodeos y te decimos cómo podemos ayudarte.
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