Abogado para hacer testamento en Gandía

Hacer testamento es el favor más grande que le puedes hacer a quien dejas atrás. Sin él, la herencia se abre abintestato (sucesión intestada): reparte la ley, y no siempre como tú querrías. Con él, evitas peleas entre tus hijos, proteges a quien más lo necesita y ahorras a tu familia meses de trámites en el peor momento. Un buen testamento es sencillo de hacer, da seguridad jurídica y vale por años de tranquilidad: es la mejor manera de evitar conflictos familiares. Llevamos 30 años en la redacción de testamentos y en el asesoramiento sucesorio de clientes de Gandía y la Safor.

30 años de experiencia  ·  Primera consulta sin compromiso  ·  Despacho en el centro de Gandía

Qué hacemos al preparar tu testamento en Gandía

Te escuchamos primero, con total confidencialidad y a la hora que te venga bien: qué tienes y su valor aproximado, a quién quieres proteger y qué te preocupa. Redactar testamento con un abogado especialista te permite pensar el reparto con calma antes de ir al notario y cumplir cada obligación legal sin sorpresas. A partir de ahí diseñamos la distribución y el destino de tus bienes (la casa, el dinero, el negocio) en un testamento que diga de verdad la voluntad del testador, dentro de lo que la ley permite. Respetamos las legítimas, repartimos con criterio, prevemos los detalles que la gente olvida (la vivienda y su propiedad, un negocio, bienes en el extranjero, deudas pendientes, un hijo con discapacidad, para el que el artículo 808 del Código Civil permite reforzar su protección) y dejamos el documento listo para firmar ante notario, con cita en la notaría que prefieras. El testamento más habitual y seguro en España es el testamento notarial abierto, regulado en los artículos 694 y siguientes del Código Civil.

No vendemos un trámite de cinco minutos. Un testamento bien pensado es el que evita que tus hijos acaben enfrentados por lo que tú dejaste.

En qué casos te ayudamos

Tipos de testamento y disposiciones que preparamos

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Tipos de testamento: abierto, cerrado y ológrafo

El Código Civil admite varios tipos de testamento, cada uno con sus requisitos y ventajas. El testamento abierto se otorga ante notario, que comprueba tu capacidad y tu identidad (basta el DNI), lo redacta conforme a tu voluntad y lo custodia: es el más seguro y el más recomendable. Normalmente no hacen falta testigos, salvo casos especiales. El testamento cerrado se entrega al notario en sobre sin que conozca su contenido, una fórmula poco usada hoy. El testamento ológrafo es el escrito de tu puño y letra (art. 688 CC), solo para mayores de edad, válido pero arriesgado, porque un defecto de forma o su pérdida pueden invalidarlo, y tras el fallecimiento hay que adverarlo y protocolizarlo ante notario en un plazo de cinco años (art. 689 CC). Para la inmensa mayoría de los casos, el abierto notarial es la mejor opción, y te explicamos por qué en tu situación.

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Hasta dónde llega tu libertad: la legítima

No puedes repartir todo a tu antojo. La ley reserva una parte, la legítima, a los herederos forzosos, sobre todo a los hijos y descendientes. La herencia se divide en tres partes: el tercio de legítima estricta, que va obligatoriamente a los hijos por igual; el tercio de mejora, que puedes usar para favorecer a uno o varios descendientes; y el tercio de libre disposición, del que dispones con total libertad. El cónyuge viudo tiene además un derecho de usufructo. Te ayudamos a aprovechar al máximo ese margen para proteger a quien quieres sin que el testamento sea luego objeto de impugnación por vulnerar la legítima. También tenemos en cuenta las donaciones que hayas hecho en vida, porque se computan para calcular la legítima.

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Mejorar a un hijo, legados y sustituciones

Dentro de la ley hay más margen del que la gente cree. Puedes mejorar a un hijo con el tercio de mejora si ha cuidado de ti o lo necesita más. Puedes dejar legados concretos (una joya, una cantidad, un inmueble) a personas determinadas; el legatario recibe ese bien sin ser heredero, es decir, sin responder de las deudas de la herencia. También puedes dejar al cónyuge el usufructo universal con una cláusula de cautela socini (si un hijo no la acepta, recibe solo su legítima estricta) o establecer un modo, una carga que el beneficiario debe cumplir. Puedes nombrar sustitutos por si un heredero fallece antes que tú o no quiere heredar. Si tienes hijos menores o con discapacidad, puedes nombrar en el testamento al tutor o a la persona que prefieres que se ocupe de ellos. Y puedes designar albacea y contador-partidor, con la facultad de ejecutar tu voluntad, hacer el cuaderno particional y la partición y adjudicación de los bienes sin conflictos ni necesidad de juicio. Estas herramientas, bien usadas, hacen que tu testamento funcione de verdad.

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Cambiar o revocar el testamento

Un testamento no es para siempre: puedes cambiarlo cuantas veces quieras. El testamento posterior revoca al anterior, conforme al artículo 739 del Código Civil, salvo que el nuevo diga expresamente que lo mantiene en parte. Por eso conviene revisarlo cuando cambian las circunstancias: un divorcio, un nacimiento, la compra de una vivienda, un cambio en la relación con un heredero. Te recomendamos repasarlo cada cierto tiempo para que siga reflejando lo que de verdad quieres; solo vale el último, que es el que consta en el Registro General de Actos de Última Voluntad.

Cómo se reparte la herencia de los hijos
TercioA quién va
Legítima estrictaObligatoria para los hijos, por partes iguales
MejoraPara favorecer a uno o varios descendientes
Libre disposiciónA quien el testador quiera
Usufructo del viudoDerecho del cónyuge sobre parte de la herencia (art. 834 CC)

Cómo llevamos tu caso

Saber en cada momento qué va a pasar importa tanto como el resultado. Por eso seguimos siempre los mismos pasos.

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Primera consulta

Hablamos de tu patrimonio (un primer inventario de bienes y la documentación que tengas), tu familia, tu pareja y tus preocupaciones, para que tomes cada decisión con claridad. Te explicamos hasta dónde llega tu libertad para repartir.

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Diseño del testamento

Preparamos el contenido a medida: el reparto de los bienes, mejoras, legados, sustituciones y albacea si conviene. Cada cláusula cumple una función concreta y la redactamos para expresar tu voluntad sin dudas de interpretación.

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Firma ante notario

Coordinamos el acto de firma del testamento abierto, el lugar y la gestión con la notaría, y resolvemos cualquier duda antes de otorgarlo. El procedimiento es breve: el mismo día firmas y te quedas con una copia simple.

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Revisión futura

Te avisamos de cuándo conviene actualizarlo si cambian tus circunstancias.

¿Aún no has hecho testamento? Es más sencillo de lo que crees y le ahorra disgustos a tu familia.

Por qué elegir nuestro despacho para hacer testamento en Gandía

Un testamento de plantilla protege poco. Treinta años como especialistas y expertos en derecho de sucesiones en la Safor nos han enseñado a anticipar los conflictos antes de que existan y a usar todo el margen que da la ley para proteger a quien quieres. Pensamos en los detalles que luego importan: la vivienda, el negocio familiar, los herederos repartidos por el mundo. Te lo explicamos en cristiano, sin tecnicismos, y te damos un consejo real sobre cada posibilidad, incluso en los casos más complejos. A través de un buen testamento, tu deseo se cumple. Atendemos en español, valenciano e inglés.

Tu abogado para hacer testamento en el centro de Gandía y la Safor

Estamos en la Calle Rausell 6, en pleno centro de Gandía, a pocos minutos de los Juzgados y de los notarios de la zona. Preparamos testamentos para vecinos de toda la Safor y de la provincia de Valencia. La primera toma de contacto puede ser presencial, por teléfono o videollamada.

Si tu caso también toca otras materias, en el despacho llevamos nuestro servicio de abogado de herencias y la reclamación de la legítima. Puedes ver todas nuestras áreas de práctica y contarnos qué necesitas.

Preguntas frecuentes sobre hacer testamento en Gandía

¿Puedo dejar mi herencia a quien yo quiera?
No del todo. La ley reserva la legítima a los herederos forzosos (sobre todo los hijos). Puedes disponer libremente del tercio de libre disposición, favorecer a un descendiente con el tercio de mejora y, el resto, va a la legítima estricta. Te ayudamos a aprovechar ese margen.
¿Qué pasa si muero sin testamento?
Reparte la ley según un orden fijo (hijos, luego padres, luego cónyuge, luego hermanos y otros parientes hasta el cuarto grado), aunque el cónyuge conserva su usufructo. Además, tus herederos tendrán que hacer una declaración de herederos antes de repartir, un trámite adicional que el testamento evita.
¿Puedo cambiar el testamento más adelante?
Sí, las veces que quieras. El testamento posterior revoca al anterior (art. 739 CC). Conviene revisarlo cuando cambian tus circunstancias: un divorcio, un nacimiento o un cambio en la relación con un heredero.
¿Es mejor el testamento ante notario o el escrito a mano?
El abierto notarial es el más seguro: lo redacta y custodia el notario, y es muy difícil de impugnar por defectos de forma. El ológrafo, escrito a mano, es válido pero arriesgado: un error formal o su pérdida pueden invalidarlo.

¿Desde qué edad se puede hacer testamento y qué validez tiene si vivo fuera? Se puede otorgar testamento notarial desde los catorce años (art. 663 CC). Si tienes vecindad civil de otra región con derecho propio, como Cataluña, o resides en el extranjero, puede aplicarse otra ley a tu herencia; lo revisamos para que tu testamento tenga plena validez y no haya problemas después. Por ejemplo, un residente extranjero en la Safor puede elegir en su testamento que se aplique la ley de su nacionalidad (Reglamento europeo 650/2012). ¿Qué ahorra el testamento a mis herederos? Mucho trámite. Tras el fallecimiento, tus herederos pedirán el certificado de defunción y el de últimas voluntades y la copia autorizada del testamento. Con eso pueden hacer directamente la aceptación de la herencia, la liquidación y la adjudicación en escritura pública, sin declaración de herederos. Luego quedan la tramitación del impuesto de sucesiones (en la Comunitat Valenciana, en un plazo de seis meses) y la plusvalía municipal si hay inmuebles. Un testamento claro facilita llegar a un acuerdo entre herederos y es la mejor solución para proteger el interés de cada uno; si quieres, te damos también información fiscal para que el proceso sea más sencillo. Pide tu consulta con nuestros abogados en Gandía

Si tienes un asunto entre manos, lo más sensato es comentarlo con un abogado que pueda valorarlo de verdad. En Abogados Chova revisamos tu caso, te explicamos las opciones sin rodeos y te decimos cómo podemos ayudarte.

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+34 622 854 424

Dirección
Calle Rausell, 6, 1º-1, 46702 Gandía (Valencia)

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    Nuestro abogado de herencias en Gandía lleva el expediente completo, incluidos impuesto de sucesiones y declaración de herederos, para que no tengas que coordinar varios profesionales.