Vicios ocultos en la vivienda en Gandía

Compraste con ilusión y, al poco, aparecen humedades que no se veían, una instalación que falla o grietas que no estaban a la vista. La sensación es de engaño, y muchas veces lo es. Cuando esos defectos eran graves y no te los contaron, la ley te ampara. Llevamos 30 años reclamando vicios ocultos para compradores de Gandía y la Safor.

30 años de experiencia · Primera consulta sin compromiso · Español, valenciano e inglés

Qué hacemos cuando aparecen vicios ocultos en tu vivienda

Lo primero es separar lo que es un vicio oculto de lo que no lo es. No todo defecto da derecho a reclamar. Revisamos el contrato de compraventa, las fotos, las facturas de las reparaciones y el momento en que apareció el problema. Con eso te decimos si tu caso tiene recorrido y qué se puede pedir.

El tiempo aquí juega en contra desde el minuto uno. Los plazos para reclamar son cortos y empiezan a correr enseguida, así que cuanto antes lo veamos, más opciones tienes. Y si el vendedor era de buena fe pero el defecto existe, también hay vía: la responsabilidad por vicios ocultos no exige demostrar que te quisieran engañar.

En qué casos te ayudamos
01

Qué es un vicio oculto y qué requisitos pide la ley

Un vicio oculto es un defecto grave que ya existía cuando compraste, que no se apreciaba a simple vista y que tú no conocías. Si lo hubieras sabido, no habrías comprado o habrías pagado menos. El saneamiento por estos defectos está en el artículo 1484 del Código Civil. Una gotera evidente el día de la visita no cuenta. Una humedad estructural tapada con pintura fresca, sí.

02

Tus opciones: deshacer la compra o rebajar el precio

Frente a un vicio oculto el Código Civil te da a elegir, en su artículo 1486. Puedes ejercer la acción redhibitoria, que busca deshacer la compra y recuperar lo pagado, o la acción quanti minoris, que pide una rebaja del precio y te quedas la vivienda. La primera encaja cuando el defecto es tan grave que no habrías comprado. La segunda, cuando la casa te sirve pero pagaste más de lo que vale. Te aconsejamos cuál te interesa según el daño real.

03

Plazos: tienes seis meses, y corren rápido

La acción por vicios ocultos en la compraventa caduca a los seis meses desde la entrega de la vivienda, conforme al artículo 1490 del Código Civil. Es un plazo corto y muchos compradores lo descubren tarde. Por eso insistimos tanto en verlo pronto. En la vivienda nueva los plazos son otros, los de la Ley de Ordenación de la Edificación, que explicamos justo debajo.

04

Segunda mano y obra nueva: la garantía de la LOE

No es lo mismo un piso de segunda mano que una vivienda recién construida. En la obra nueva entran las garantías de la Ley 38/1999, de Ordenación de la Edificación: un año para los defectos de acabado, tres para los que afectan a la habitabilidad y diez para los que tocan elementos estructurales. Si lo que tienes es un defecto de construcción, la reclamación puede ir contra el promotor o el constructor, no solo contra quien te vendió.

05

Cómo se prueba un vicio oculto

Aquí se gana o se pierde la reclamación. La pieza clave suele ser un informe pericial que acredite que el defecto es grave, que ya existía antes de la compra y que no se podía ver. Conservar fotos, mensajes con el vendedor y facturas de las reparaciones ayuda mucho. Hablamos de cosas concretas: humedades por capilaridad, aluminosis, instalaciones eléctricas fuera de norma, vigas dañadas. No de impresiones, sino de hechos que un perito pueda sostener.

06

Vicios ocultos frente a incumplimiento del contrato

A veces el problema no es un vicio oculto, sino que el vendedor no entregó lo pactado o faltó a algo del contrato. En ese caso la vía es otra, la del incumplimiento contractual del artículo 1124 del Código Civil. Lo valoramos antes de empezar, porque elegir mal la acción puede costarte el caso. Si tu duda nace de la propia operación de compra, conviene mirarla junto a la compraventa de la vivienda en su conjunto.

Deshacer la compra vs rebajar el precio
Acción redhibitoriaAcción quanti minoris
Qué pidesDeshacer la compra y recuperar el precioUna rebaja del precio pagado
Cuándo encajaDefecto grave: no habrías compradoTe quedas la vivienda, pero valía menos
BaseArt. 1486 del Código CivilArt. 1486 del Código Civil
Plazo6 meses desde la entrega (art. 1490 CC)6 meses desde la entrega (art. 1490 CC)
Plazos para reclamar según el defecto
Tipo de defectoPlazo
Vicio oculto (compraventa)6 meses desde la entrega (art. 1490 CC)
Acabados en vivienda nueva1 año (LOE, Ley 38/1999)
Habitabilidad en vivienda nueva3 años (LOE)
Elementos estructurales10 años (LOE)

Cómo llevamos tu caso

Saber en cada momento qué va a pasar importa tanto como el resultado. Por eso seguimos siempre los mismos pasos.

01

Primera consulta

Revisamos el contrato y el defecto y te decimos si es un vicio oculto reclamable y dentro de plazo.

02

Prueba

Coordinamos el informe pericial y reunimos las pruebas que sostienen la reclamación.

03

Reclamación

Planteamos al vendedor la solución que más te conviene, deshacer la compra o rebajar el precio.

04

Demanda

Si no hay acuerdo, presentamos la demanda y te representamos hasta el final.

Trae tu contrato y el defecto que ha salido y lo valoramos contigo.

Por qué elegir nuestro despacho para reclamar vicios ocultos en Gandía

Cada reclamación la lleva un abogado que domina la materia y trabaja con peritos de confianza. En 30 años atendiendo a compradores de Gandía y la Safor hemos aprendido que estos casos se deciden por dos cosas: la prueba y los plazos. Por eso vamos rápido y construimos el expediente con cuidado desde el primer día, sin prometerte un resultado que depende del juez. Atendemos en español, valenciano e inglés.

Tu abogado para vicios ocultos en el centro de Gandía y la Safor

Estamos en pleno centro de Gandía, en la Calle Raussell 6, a pocos minutos de los Juzgados. Reclamamos defectos de vivienda para compradores de toda la Safor, de Oliva a Tavernes de la Valldigna, y del resto de la provincia de Valencia. Si te viene mejor, la primera consulta puede ser por teléfono o videollamada.

Si tu caso también toca otras materias, en el despacho llevamos nuestro servicio de abogado inmobiliario y la compraventa de vivienda. Puedes ver todas nuestras áreas de práctica y contarnos qué necesitas.

Preguntas frecuentes sobre vicios ocultos en Gandía

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar un vicio oculto?
En la compraventa, seis meses desde la entrega de la vivienda, según el artículo 1490 del Código Civil. En la vivienda nueva rigen los plazos de la Ley de Ordenación de la Edificación. Conviene no esperar.
El vendedor dice que no sabía nada del defecto, ¿igual respondo?
Sí, que el vendedor no lo supiera no te deja sin derechos. La responsabilidad por vicios ocultos existe aunque no haya mala fe, siempre que el defecto sea grave, anterior a la compra y no fuera visible.
¿Puedo deshacer la compra o solo pedir una rebaja?
Puedes elegir entre las dos según el daño. Si el defecto es tan grave que no habrías comprado, cabe deshacer la operación. Si la casa te sirve pero vale menos, encaja la rebaja del precio.
Compré sobre plano y han salido grietas, ¿es lo mismo?
No, una vivienda nueva tiene su propio régimen. Ahí entran las garantías de la Ley 38/1999, con plazos de uno, tres y diez años, y la reclamación puede dirigirse al promotor o al constructor.

Pide tu consulta con nuestros abogados en Gandía

Si tienes un asunto entre manos, lo más sensato es comentarlo con un abogado que pueda valorarlo de verdad. En Abogados Chova revisamos tu caso, te explicamos las opciones sin rodeos y te decimos cómo podemos ayudarte.

Teléfono · WhatsApp
+34 622 854 424

Email
a.chovaaprisi@gmail.com

Dirección
Calle Raussell 6, piso 1 · 46701 Gandía (Valencia)