Dejaste el piso como estaba, devolviste las llaves y el casero no aparece con tu fianza. O te la devuelve recortada por desperfectos que ya estaban o que son desgaste normal. La fianza es tuya salvo que haya daños reales que justifiquen retenerla, y hay vías rápidas para reclamarla. Llevamos 30 años recuperando fianzas para inquilinos de Gandía y la Safor, y defendiendo a propietarios cuando la retención es legítima.
30 años de experiencia · Primera consulta sin compromiso · Despacho en el centro de Gandía
Revisamos el contrato, el estado en que entregaste la vivienda y lo que el casero alega para no devolver. La fianza está regulada en el artículo 36 de la Ley de Arrendamientos Urbanos: es una garantía que cubre posibles daños o impagos, no un colchón para el propietario. Si no hay daños que justifiquen retenerla, te la tienen que devolver. Mandamos un requerimiento y, si no responde, reclamamos por la vía civil. También asesoramos al propietario que tiene motivos legítimos para descontar de la fianza.
La clave probatoria casi siempre es la misma: el estado de entrada y el de salida de la vivienda. Por eso conviene tener fotos, inventario o un acta, aunque también se puede reclamar sin ellos.
La Ley de Arrendamientos Urbanos fija una mensualidad de fianza en el alquiler de vivienda habitual y dos mensualidades en el alquiler de uso distinto (local, temporada). Además, el propietario está obligado a depositar esa fianza en el organismo autonómico competente. Que el casero no la haya depositado no te perjudica a ti como inquilino, pero sí es un incumplimiento suyo que conviene conocer, porque refuerza tu posición al reclamar.
Esta es la madre del conflicto. El propietario puede descontar de la fianza los desperfectos causados por el inquilino más allá del uso ordinario, pero no el desgaste normal del paso del tiempo. Pintura algo apagada, pequeñas marcas de muebles o el envejecimiento lógico de la vivienda son desgaste, no daño. Una pared rota, electrodomésticos estropeados por mal uso o suciedad extrema, sí. Te ayudamos a distinguir una cosa de otra y a defender que lo que te descuentan no procede.
El artículo 36 de la Ley de Arrendamientos Urbanos prevé que, transcurrido un mes desde la entrega de las llaves sin que el propietario restituya la fianza, la cantidad devengará el interés legal. Es decir, el casero no puede retenerla indefinidamente: pasado el mes, además de la fianza, te debe intereses. Reclamamos ambos conceptos y, si el importe lo justifica, vamos por la vía judicial más ágil para que no se eternice.
| Situación | ¿Procede retenerla? |
|---|---|
| Desgaste normal por el uso y el tiempo | No, no se descuenta |
| Daños del inquilino más allá del uso normal | Sí, justifica la retención |
| Rentas o suministros impagados | Sí, hasta cubrir lo debido |
| Pasado un mes desde las llaves sin devolver | Devenga interés legal (art. 36 LAU) |
Saber en cada momento qué va a pasar importa tanto como el resultado. Por eso seguimos siempre los mismos pasos.
Vemos el contrato, el estado de entrega y lo que alega el casero. Te decimos si la retención es legítima o no.
Reclamamos formalmente la devolución de la fianza con los intereses si ha pasado el plazo.
Si no responde, presentamos la reclamación por la vía civil que corresponda según el importe.
Con resolución favorable, instamos su cumplimiento hasta recuperar la fianza y los intereses.
Son cantidades que a veces no compensa pelear en solitario, pero que con un requerimiento bien hecho se recuperan sin llegar a juicio. Treinta años de derecho inmobiliario en la Safor nos permiten saber cuándo basta una carta firme y cuándo hay que demandar. Te decimos con franqueza si tu reclamación tiene recorrido y cuál es la vía más rápida y barata. Atendemos en valenciano e inglés.
Estamos en la Calle Raussell 6, en pleno centro de Gandía, a pocos minutos de los Juzgados. Reclamamos fianzas de alquiler para inquilinos de toda la Safor y de la provincia de Valencia, y defendemos a propietarios con motivos legítimos. La primera toma de contacto puede ser presencial, por teléfono o videollamada.
Si tu caso también toca otras materias, en el despacho llevamos los contratos de arrendamiento y las reclamaciones civiles. Puedes ver todas nuestras áreas de práctica y contarnos qué necesitas.
Si tienes un asunto entre manos, lo más sensato es comentarlo con un abogado que pueda valorarlo de verdad. En Abogados Chova revisamos tu caso, te explicamos las opciones sin rodeos y te decimos cómo podemos ayudarte.
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