Una detención por drogas asusta, y con razón: las penas pueden ser altas y los primeros movimientos pesan muchísimo. Pero un atestado no es una condena, y la diferencia entre un buen y un mal final suele estar en cómo se actúa desde el primer minuto. Llevamos 30 años defendiendo a clientes de Gandía y la Safor en delitos contra la salud pública.
30 años de experiencia · Primera consulta sin compromiso · Español, valenciano e inglés
El tráfico de drogas se castiga en el artículo 368 del Código Penal, dentro de los delitos contra la salud pública. La pena varía mucho según el tipo de sustancia, la cantidad y las circunstancias, así que dos casos que parecen iguales pueden acabar muy distintos. Lo primero es analizar exactamente qué se te imputa y con qué prueba.
Intervenimos desde la detención, porque ahí se decide gran parte del caso: el registro, la cadena de custodia de la sustancia, cómo se obtuvo la prueba. Te damos una valoración honesta desde el principio, sin prometerte un resultado que no depende de nosotros.
No es lo mismo una sustancia que causa grave daño a la salud que otra que no, ni una cantidad pequeña que una de notoria importancia, que agrava la pena conforme al artículo 370. También pesan la pertenencia a una organización o el destino a menores. Y, en el otro extremo, el consumo compartido entre allegados puede quedar fuera del delito. Estudiamos en qué punto está tu caso.
En estos delitos la prueba lo es casi todo, y por eso hay que mirarla con lupa. Un registro hecho sin las garantías debidas, una entrada y registro sin autorización válida o una cadena de custodia rota pueden dejar sin valor la prueba principal. Revisamos cada paso del atestado antes de fijar la estrategia.
| Factor | Efecto en la pena |
|---|---|
| Sustancia que causa grave daño | Sube |
| Cantidad de notoria importancia | Sube (art. 370 CP) |
| Pertenencia a organización | Sube |
| Consumo compartido entre allegados | Puede no ser delito |
Saber en cada momento qué va a pasar importa tanto como el resultado. Por eso seguimos siempre los mismos pasos.
Si hay detención, te asistimos desde la comisaría para proteger tus derechos.
Revisamos registros, cadena de custodia y cómo se obtuvo todo.
Preparamos la defensa y te representamos en la instrucción y el juicio.
Te acompañamos hasta la sentencia y, en su caso, los recursos.
Cada caso lo lleva un abogado que domina la materia penal. En 30 años hemos defendido muchos delitos contra la salud pública de personas de Gandía y la Safor, y sabemos que aquí lo decisivo es la prueba y cómo se obtuvo. Por eso te damos una valoración honesta desde el primer día, sin venderte un final que decide el tribunal. Atendemos en español, valenciano e inglés.
Estamos en pleno centro de Gandía, en la Calle Raussell 6, a pocos minutos de los Juzgados. Defendemos delitos penales en toda la Safor, de Oliva a Tavernes de la Valldigna, y en el resto de la provincia de Valencia. Si te viene mejor, la primera consulta puede ser por teléfono o videollamada.
Si tu caso también toca otras materias, en el despacho llevamos nuestro servicio de abogado penalista y la asistencia al detenido. Puedes ver todas nuestras áreas de práctica y contarnos qué necesitas.
Si tienes un asunto entre manos, lo más sensato es comentarlo con un abogado que pueda valorarlo de verdad. En Abogados Chova revisamos tu caso, te explicamos las opciones sin rodeos y te decimos cómo podemos ayudarte.
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