Abogado de alcoholemia en Gandía

Un control, una prueba que da positivo, y de repente te ves con un delito y la posibilidad de perder el carné. La alcoholemia al volante es de los delitos más frecuentes, y también de los que más se pueden trabajar con una buena defensa, porque el resultado depende mucho de cómo se hizo la prueba. Llevamos 30 años defendiendo a conductores de Gandía y la Safor.

30 años de experiencia · Primera consulta sin compromiso · Español, valenciano e inglés

Qué hacemos ante un delito de alcoholemia

Conducir un vehículo a motor o un ciclomotor con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 miligramos por litro, o en sangre superior a 1,2 gramos por litro, es delito contra la seguridad vial (artículo 379.2 del Código Penal). Por debajo de esa tasa suele ser una sanción administrativa, pero ojo: también es delito conducir bajo la influencia de bebidas alcohólicas aunque la tasa sea menor, si la forma de conducir o los síntomas lo acreditan. La línea depende de las circunstancias y de la información del atestado. El mismo artículo castiga a quien condujere un vehículo bajo los efectos de drogas tóxicas o sustancias psicotrópicas, y si hay un accidente con heridos pueden sumarse otros delitos. En toda España el criterio es el mismo. Revisamos tu caso para ver dónde está el tuyo y qué defensa cabe.

Mucha gente da por perdido el asunto y acepta lo primero que le ofrecen. A veces es lo razonable, pero otras no, porque el atestado, el aparato o el procedimiento de la prueba tienen fallos que cambian el resultado. Por eso lo primero es mirarlo con calma, no firmar a la primera.

En qué casos te ayudamos

Casos de alcoholemia y conducción que llevamos

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La prueba de alcoholemia: ahí se juega tu caso

El resultado de un delito de alcoholemia depende de cómo se practicó la prueba: si el etilómetro estaba homologado y verificado, si se respetaron los tiempos entre mediciones (al menos 10 minutos), si te informaron de tus derechos, la identificación del aparato y su número de serie, si el sistema de medición estaba en regla y si los síntomas descritos (comportamiento, habla, efectos del alcohol) cuadran con la tasa. Un error en la actuación de los agentes en el control de alcoholemia puede cambiar el resultado. Cualquier defecto relevante puede dejar sin valor la prueba. Además, tienes derecho a pedir una prueba de contraste, como un análisis de sangre, y que no te informen de ese derecho también puede ayudar a tu defensa. Revisamos el atestado al detalle antes de decidir la estrategia de defensa, con atención a cada dato que pueda servir a tus intereses y a las posibilidades reales de éxito.

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Negativa a la prueba y conducción temeraria

Negarte a someterte a la prueba es un delito propio, el del artículo 383 del Código Penal, castigado con pena de prisión de seis meses a un año y privación del permiso de uno a cuatro años: más duro que la propia alcoholemia. Y si a la tasa se suma conducir de forma temeraria, aparece otro delito distinto. Te explicamos qué se te imputa exactamente y cómo defenderte de cada cosa.

¿Infracción administrativa o delito?
SituaciónConsecuencia
0,25 a 0,60 mg/l en aire (0,5 a 1,2 g/l en sangre; 0,15 mg/l para profesionales y noveles)Sanción administrativa: multa y pérdida de puntos (salvo que se pruebe la influencia en la conducción)
Más de 0,60 mg/l en aire (1,2 g/l en sangre)Delito (art. 379.2 CP): prisión, multa o trabajos, más 1 a 4 años sin carné
Negarte a la pruebaDelito (art. 383 CP): a menudo se castiga más que el propio positivo
Conducción temerariaDelito (art. 380 CP): prisión y retirada del carné

Cómo llevamos tu caso

Saber en cada momento qué va a pasar importa tanto como el resultado. Por eso seguimos siempre los mismos pasos.

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Primera consulta

Pide cita: revisamos el atestado, la prueba de alcohol en sangre o en aire y el uso del etilómetro, y te damos asesoramiento desde el primer momento, en la mayoría de casos en una sola sesión, sobre qué margen de defensa hay.

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Estrategia

Decidimos entre defensa de fondo, discutir la prueba o negociar la mejor solución, con un objetivo claro: la reducción de la pena y del tiempo sin carnet o la absolución, según el tipo de caso.

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Juicio rápido o procedimiento

Estos casos suelen ir por juicio rápido por alcoholemia tras la citación ante el juzgado de guardia; te representamos en él.

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Hasta el final

Te acompañamos hasta la sentencia y te explicamos qué pasa con tu carné.

Antes de firmar nada, deja que revisemos tu atestado.

Abogados expertos en alcoholemia: por qué elegirnos

Cada caso lo lleva un abogado especialista en derecho penal y seguridad vial, con un equipo de profesionales detrás y respuesta rápida a cada cliente. En 30 años hemos defendido muchas alcoholemias de vecinos de Gandía y la Safor, y sabemos que aquí lo decisivo está en los detalles de la prueba y del atestado, no en resignarse. Por eso te damos una valoración honesta desde el primer día. Atendemos en español, valenciano e inglés.

Tu abogado de alcoholemia en el partido judicial de Gandía y la Safor

Estamos en pleno centro de Gandía, en la Calle Rausell 6, a pocos minutos de los Juzgados. Defendemos conductores en toda la Safor, de Oliva a Tavernes de la Valldigna, y en el resto de la provincia de Valencia. Si te viene mejor, la primera consulta puede ser por teléfono o videollamada.

Si tu caso también toca otras materias, en el despacho llevamos nuestro servicio de abogado penalista y el tráfico de drogas. Puedes ver todas nuestras áreas de práctica y contarnos qué necesitas.

Preguntas frecuentes sobre la alcoholemia en Gandía

¿Voy a perder el carné?
En un delito de alcoholemia casi siempre se impone la privación del derecho a conducir vehículos a motor (el carnet), que va de 1 a 4 años según el caso. No es automático que lo pierdas para siempre, y una buena defensa puede reducir ese tiempo o incluso evitar la condena. Lo vemos con tu atestado. Si el carnet queda retirado, conducir durante la condena es cometer un delito distinto (art. 384 CP).
¿Qué penas tiene un delito de alcoholemia?
El artículo 379 castiga conducir con más de 0,60 mg/l en aire con prisión de tres a seis meses, o multa, o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días. Y en todos los casos se suma la privación del permiso de 1 a 4 años. La pena concreta depende de la tasa, de los antecedentes, de lo que pida el fiscal y decida el juez y de la defensa. La ley permite al juez elegir entre esas penas, y en la práctica, sin antecedentes, lo habitual es la multa o los trabajos en beneficio de la comunidad, con la duración de la retirada como parte central de la negociación. Si se impone multa, el pago puede fraccionarse.
¿Qué debo hacer en un juicio rápido por alcoholemia: defenderme o aceptar?
Depende de cómo se hizo la prueba y de tu situación. Si el atestado tiene fallos, puede compensar pelearlo. Y si al final conviene aceptar los hechos, la conformidad rebaja la pena en un tercio. En otros casos buscamos la absolución. Es un proceso en el que muchas personas aceptan sin saber que tenían defensa. Por eso conviene revisarlo antes de decidir a ciegas.
Me negué a soplar, ¿es peor?
La negativa a la prueba es un delito propio (artículo 383) que muchas veces se castiga con más dureza que la propia alcoholemia, con prisión de seis meses a un año y privación del permiso de uno a cuatro años. Tiene su propia defensa, así que tráenos lo que tengas y lo analizamos.
Asistencia legal en la prueba: ¿puedo pedir un análisis de sangre si no me fío del etilómetro?
Sí. Tienes derecho a una prueba de contraste, normalmente un análisis de sangre, para comprobar el resultado del etilómetro. Si no te informaron de ese derecho o la prueba se hizo mal, puede ser un argumento de peso para tu defensa.
¿Estos juicios son rápidos?
Muchos van por la vía del juicio rápido, así que pueden resolverse en pocos días; a veces la citación llega en horas. Precisamente por eso conviene tener la defensa preparada cuanto antes, antes de la primera declaración y, si hubo detención, desde la instrucción en el juzgado de guardia.

Pide tu consulta con nuestros abogados en Gandía

Si tienes un asunto entre manos, lo más sensato es comentarlo con un abogado que pueda valorarlo de verdad. En Abogados Chova revisamos tu caso, te explicamos las opciones sin rodeos y te decimos cómo podemos ayudarte.

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+34 622 854 424

Dirección
Calle Rausell, 6, 1º-1, 46702 Gandía (Valencia)

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    Este asunto lo dirige nuestro abogado penalista en Gandía, que también te defiende en casos de delitos leves y juicios rápidos y asistencia al detenido.