La junta de tu comunidad aprueba algo que te perjudica: una derrama desproporcionada, una obra que no toca, un acuerdo que va contra los estatutos o que se tomó sin avisarte bien. No tienes por qué aguantarlo. La ley te permite impugnar los acuerdos que sean contrarios a la ley, a los estatutos o que te lesionen injustamente. Pero los plazos son cortos. Llevamos 30 años con la propiedad horizontal de Gandía y la Safor.
30 años de experiencia · Primera consulta sin compromiso · Despacho en el centro de Gandía
Revisamos el acta, los estatutos y cómo se convocó y celebró la junta. La impugnación de acuerdos se regula en el artículo 18 de la Ley de Propiedad Horizontal, que exige motivo, legitimación y plazo. Comprobamos si tu caso encaja, preparamos la demanda y solicitamos, cuando procede, la suspensión cautelar del acuerdo mientras se resuelve, para que no se ejecute lo que te perjudica. También defendemos a la comunidad cuando es ella la demandada por un propietario.
El primer consejo es siempre el mismo: no dejes pasar el tiempo. En propiedad horizontal, esperar suele cerrar la puerta.
Son impugnables los acuerdos contrarios a la ley o a los estatutos de la comunidad, los que resulten gravemente lesivos para los intereses de la comunidad en beneficio de uno o varios propietarios, y los que supongan un grave perjuicio para algún propietario sin obligación legal de soportarlo o se hayan adoptado con abuso de derecho. No todo lo que no te gusta es impugnable: una decisión adoptada con la mayoría correcta y dentro de la ley, aunque te moleste, suele ser válida. Te decimos con franqueza si tu acuerdo tiene recorrido.
Aquí se juega casi todo. El artículo 18 de la Ley de Propiedad Horizontal fija dos plazos de caducidad: un año para los acuerdos contrarios a la ley o a los estatutos, y tres meses para el resto de acuerdos impugnables. El plazo se cuenta desde la adopción del acuerdo si estabas presente, o desde que se te comunica el acta si estabas ausente. Pasado el plazo, el acuerdo queda firme aunque fuera impugnable. Por eso, en cuanto recibas un acta que te preocupe, conviene actuar.
Pueden impugnar los propietarios que hubieran votado en contra del acuerdo, los ausentes que no manifiesten su conformidad en plazo y los que hayan sido indebidamente privados de su derecho de voto. Hay un requisito importante: para impugnar acuerdos que exijan estar al corriente de pago, el propietario debe estar al día con la comunidad o haber consignado judicialmente las cantidades adeudadas. Por eso conviene ordenar tu situación con la comunidad antes de impugnar. Lo revisamos contigo.
| Tipo de acuerdo | Plazo |
|---|---|
| Contrario a la ley o a los estatutos | 1 año |
| Lesivo o con abuso de derecho | 3 meses |
| Contrario al orden público | Sin plazo |
| Cómputo | Desde la junta (presente) o desde el acta (ausente) |
Saber en cada momento qué va a pasar importa tanto como el resultado. Por eso seguimos siempre los mismos pasos.
Vemos el acta, los estatutos y tu posición en la junta. Te decimos si el acuerdo es impugnable y en qué plazo.
Preparamos la impugnación con el motivo legal y, si procede, pedimos la suspensión cautelar del acuerdo.
Defendemos tu posición ante el juzgado frente a la comunidad o el propietario beneficiado.
Si prospera, el acuerdo se anula. Velamos por que la comunidad respete la resolución.
La propiedad horizontal es minuciosa: mayorías exactas, plazos de caducidad, requisitos de convocatoria. Treinta años llevando comunidades y propietarios en la Safor nos permiten ver rápido si un acuerdo se sostiene o no. Te ahorramos meter en juicio algo que no tiene recorrido y peleamos a fondo lo que sí lo tiene. Atendemos en valenciano e inglés.
Estamos en la Calle Raussell 6, en pleno centro de Gandía, a pocos minutos de los Juzgados. Llevamos impugnaciones y defensa de acuerdos para propietarios y comunidades de toda la Safor y de la provincia de Valencia. La primera toma de contacto puede ser presencial, por teléfono o videollamada.
Si tu caso también toca otras materias, en el despacho llevamos nuestro servicio de comunidad de propietarios y la reclamación de cuotas impagadas. Puedes ver todas nuestras áreas de práctica y contarnos qué necesitas.
Si tienes un asunto entre manos, lo más sensato es comentarlo con un abogado que pueda valorarlo de verdad. En Abogados Chova revisamos tu caso, te explicamos las opciones sin rodeos y te decimos cómo podemos ayudarte.
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