Abogado de impuesto de sucesiones en Gandía
El impuesto de sucesiones asusta más de lo que debería, sobre todo en la Comunitat Valenciana, donde los parientes más cercanos disfrutan de bonificaciones muy elevadas. Pero hay un enemigo real: el plazo. Son seis meses desde el fallecimiento, y se pasan volando entre el duelo y los trámites. Dejarlo correr sí sale caro. Llevamos 30 años en la gestión y liquidación del impuesto de sucesiones en plazo para personas y familias de Gandía y la Safor.
30 años de experiencia · Primera consulta sin compromiso · Despacho en el centro de Gandía
Qué hacemos con el impuesto de sucesiones en Gandía
Nos encargamos de toda la parte fiscal de la herencia, con información clara y asesoría desde el primer día. Reunimos el título sucesorio (testamento o declaración de herederos), inventariamos y valoramos los bienes, restamos las deudas y gastos deducibles, aplicamos las reducciones y bonificaciones autonómicas que correspondan, calculamos la cuota tributaria, preparamos y presentamos la autoliquidación del impuesto (modelo 650 del ISD) ante la Agència Tributària Valenciana, la Administración de la Generalitat Valenciana encargada de su gestión y recaudación, dentro del plazo y gestionamos también la plusvalía municipal cuando hay inmuebles. El impuesto está regulado en la Ley 29/1987, un tributo estatal cedido, pero cada comunidad autónoma tiene competencias, y la Comunitat Valenciana las usa para rebajar mucho la factura a los parientes cercanos. Ojo: se aplica la normativa de la comunidad donde el fallecido tuvo su residencia habitual la mayor parte de los cinco años anteriores, no la de los herederos ni la de los bienes. Saber aplicarlas bien es la diferencia entre pagar lo justo o pagar de más.
El error más caro es despistarse con el plazo. Una vez vencido, además del impuesto se pagan recargos e intereses que se podían haber evitado, y puede perderse algún beneficio fiscal.
Trámites fiscales de la herencia que gestionamos
El plazo de seis meses y la prórroga
El impuesto de sucesiones debe presentarse en los seis meses siguientes al fallecimiento. Es el dato que más conviene grabarse. Si se prevé que no va a dar tiempo (porque falta documentación, hay herederos en el extranjero o la herencia es compleja), se puede solicitar una prórroga de otros seis meses, pero hay que pedirla dentro de los cinco primeros meses. En primer lugar, vigilamos este plazo desde el fallecimiento del causante y, si hace falta, solicitamos la prórroga a tiempo para que no se te escape.
Bonificaciones de la Comunitat Valenciana
Aquí está la buena noticia para la mayoría de las familias. La Comunitat Valenciana aplica reducciones por parentesco y, tras la reforma autonómica de 2023, una bonificación del 99 % en la cuota (Ley 5/2023 de la Generalitat) para los parientes más cercanos: cónyuge, hijos, nietos y padres (los llamados grupos I y II; el grupo I son los descendientes menores de 21 años). En la práctica, de cada 100 euros de cuota, con la bonificación se pagaría 1 euro. Eso significa que, en muchas herencias entre familia directa, lo que finalmente se paga es muy inferior a lo que la gente teme, e incluso testimonial. Distinto es el grupo III (hermanos, tíos y sobrinos, y parientes por afinidad) y el IV (el resto de personas): ahí no hay esa bonificación y la carga sí puede ser importante. Además, la cuota se multiplica por un coeficiente multiplicador según el patrimonio preexistente del heredero y su grado de parentesco, y después se aplica el tipo impositivo de la tarifa. Las novedades legales son frecuentes, así que calculamos tu caso con la normativa vigente y el derecho aplicable para que sepas exactamente a qué atenerte, sin sustos ni sorpresas.
Cómo se calcula: reducciones, vivienda habitual y empresa familiar
Más allá de la bonificación general, cuya función es la de una deducción en la cuota, hay reducciones específicas que bajan la base imponible hasta la base liquidable, sobre la que se aplica el tipo de gravamen de la tarifa. Las reducciones estatales están en el artículo 20 de la Ley 29/1987, y la Comunitat Valenciana las mejora en su ley autonómica, con cada modificación normativa que conviene revisar antes de la operación. La reducción por adquisición de la vivienda habitual del fallecido por parte de cónyuge, descendientes o ascendientes. La reducción por la transmisión de una empresa familiar, un negocio o la participación en una sociedad familiar, pensada para que la sucesión en la empresa no obligue a vender el negocio. Las reducciones para la persona con discapacidad y, en algunos casos, por edad, cada una con su límite e importe máximo. Los hijos adoptivos tienen la misma condición que los biológicos, y los adoptantes la misma que los padres. En el caso de la empresa familiar, la medida exige mantener la actividad y la participación durante un tiempo, con carácter general cinco años en la Comunitat Valenciana. Aplicar todas las que correspondan, con sus requisitos, es lo que de verdad reduce la factura. Lo hacemos con tu caso concreto sobre la mesa, con un ejemplo de cálculo según tu situación. La planificación previa, incluso en vida, ayuda a pagar lo justo.
La plusvalía municipal en las herencias
Si en la herencia hay inmuebles, además del impuesto de sucesiones hay que liquidar la plusvalía municipal (el impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana) en el ayuntamiento correspondiente. Tiene su propio plazo, también de seis meses desde el fallecimiento, prorrogable hasta un año a solicitud del heredero. Tras la sentencia del Tribunal Constitucional 182/2021 y la reforma posterior, hay casos en que no procede pagarla (cuando no ha habido incremento real de valor), y el heredero puede elegir el método de cálculo más favorable. Lo revisamos para que no pagues una plusvalía que no toca y para que la liquides en plazo cuando sí procede.
| Concepto | Plazo / dato |
|---|---|
| Impuesto de sucesiones | 6 meses desde el fallecimiento |
| Prórroga | Otros 6 meses, pidiéndola en los 5 primeros |
| Bonificación Comunitat Valenciana | Muy elevada para cónyuge, hijos, nietos y padres (reforma 2023) |
| Plusvalía municipal | 6 meses si hay inmuebles urbanos |
Cómo llevamos tu caso
Saber en cada momento qué va a pasar importa tanto como el resultado. Por eso seguimos siempre los mismos pasos.
Primera consulta
Vemos los bienes y el patrimonio, el parentesco, la residencia del causante en el territorio y la fecha del fallecimiento. Te decimos el plazo que corre y una primera estimación de la carga fiscal.
Inventario y valoración
Valoramos los bienes y reunimos la documentación necesaria para liquidar. Una buena valoración da seguridad ante un posible procedimiento de comprobación de valores de la Administración y evita que la decisión de Hacienda acabe en una liquidación complementaria.
Cálculo y bonificaciones
Aplicamos las reducciones y bonificaciones autonómicas que correspondan y calculamos la cuota real.
Presentación
Presentamos el impuesto y la plusvalía municipal en plazo y dejamos la herencia lista para repartir, sin problemas en el resto del proceso.
Seis meses pasan rápido. Cuanto antes empieces, menos prisas, menos recargos y menos sustos.
Por qué elegir nuestro despacho para el impuesto de sucesiones en Gandía
El impuesto de sucesiones se gana en dos cosas: aplicar todas las bonificaciones y reducciones que la Comunitat Valenciana permite, y no pasarse el plazo. Treinta años liquidando sucesiones en la Safor nos dan el conocimiento de la normativa autonómica y la disciplina con los plazos. Te decimos con números reales qué se paga, que casi siempre es mucho menos de lo que temías. Atendemos en español, valenciano e inglés, y damos asesoramiento también a herederos que viven fuera de España.
Tu abogado para el impuesto de sucesiones en el centro de Gandía y la Safor
Estamos en la Calle Rausell 6, en pleno centro de Gandía, a pocos minutos de los Juzgados. Liquidamos el impuesto de sucesiones y la plusvalía para familias de toda la Safor y de la provincia de Valencia. La primera toma de contacto puede ser presencial, por teléfono o videollamada.
Si tu caso también toca otras materias, en el despacho llevamos nuestro servicio de abogado de herencias y la declaración de herederos. Puedes ver todas nuestras áreas de práctica y contarnos qué necesitas.
Preguntas frecuentes sobre el impuesto de sucesiones en Gandía
¿Cuánto tiempo tengo para pagar el impuesto de sucesiones?
¿Es verdad que en Valencia se paga muy poco?
¿Hay que pagar también la plusvalía municipal?
¿Puedo reducir lo que se paga?
¿Y si el heredero o el fallecido no eran residentes en España?
¿El seguro de vida paga impuesto de sucesiones?
¿Las donaciones en vida tributan igual?
Pide tu consulta con nuestros abogados en Gandía
Si tienes un asunto entre manos, lo más sensato es comentarlo con un abogado que pueda valorarlo de verdad. En Abogados Chova revisamos tu caso, te explicamos las opciones sin rodeos y te decimos cómo podemos ayudarte.
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achova@icav.es
Dirección
Calle Rausell, 6, 1º-1, 46702 Gandía (Valencia)
Otros trámites de la herencia en Gandía
Nuestro abogado de herencias en Gandía lleva el expediente completo, incluidos aceptar o renunciar a una herencia y hacer testamento, para que no tengas que coordinar varios profesionales.

