Abogado de alquiler de temporada y turístico en Gandía

En una zona de costa como la Safor, el alquiler de temporada y la vivienda turística son habituales, y también lo son los problemas. Un contrato mal calificado, una licencia que falta, una comunidad que prohíbe el uso turístico o un huésped que no se marcha. La normativa aquí es doble: la civil del arrendamiento y la turística autonómica. Llevamos 30 años con estos asuntos en Gandía y la playa.

30 años de experiencia  ·  Primera consulta sin compromiso  ·  Despacho en el centro de Gandía

Qué hacemos en alquiler de temporada y turístico en Gandía

Te ayudamos a calificar bien la operación, que es lo primero y lo que más se hace mal. Redactamos el contrato adecuado según se trate de un alquiler de temporada o de una explotación de vivienda turística. Revisamos si necesitas licencia y registro turístico y si los estatutos de tu comunidad lo permiten. Y, cuando surge el conflicto (un huésped que no paga o no se va, una sanción administrativa, un veto de la comunidad), te representamos. Es un terreno donde mezclar las normas sale caro.

El error más común es usar un contrato de alquiler de vivienda para algo que no lo es, o explotar una vivienda turística sin la licencia que exige la normativa autonómica. Las dos cosas tienen solución, mejor antes que después.

En qué casos te ayudamos

Modalidades de alquiler de temporada y turístico

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Alquiler de temporada: qué es y en qué se diferencia

El alquiler de temporada es un arrendamiento para uso distinto del de vivienda habitual, regulado en el artículo 3 de la Ley de Arrendamientos Urbanos. Se firma para una finalidad temporal concreta (una temporada de verano, un periodo de estudios, un traslado de trabajo), y no da al inquilino las prórrogas y la protección del alquiler de vivienda habitual. Esa es su ventaja para el propietario, pero solo si está bien justificado: si en realidad es la vivienda permanente del inquilino disfrazada de temporada, los tribunales lo recalifican y se aplican las reglas de la vivienda habitual.

02

Vivienda turística: licencia y normativa autonómica

La vivienda de uso turístico es otra cosa: una explotación con cierta habitualidad y comercialización turística, sujeta a la normativa de turismo de la Comunidad Valenciana, que exige declaración responsable e inscripción en el Registro de Turismo, además de cumplir requisitos de la vivienda. Operar sin esa habilitación expone a sanciones administrativas que pueden ser elevadas. Te asesoramos sobre los trámites y, si ya tienes un expediente sancionador, sobre cómo defenderte.

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La comunidad de propietarios puede limitarlo

Un punto que muchos propietarios descubren tarde: la comunidad de vecinos puede limitar o condicionar el alquiler turístico. La Ley de Propiedad Horizontal permite a las comunidades adoptar acuerdos para limitar o condicionar esta actividad con la mayoría reforzada que la ley exige. Antes de lanzarte a explotar tu piso, conviene revisar los estatutos y los acuerdos de la comunidad. Si ya hay un acuerdo que te afecta o quieres impugnar uno, lo vemos por la vía de la propiedad horizontal.

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Conflictos con huéspedes e inquilinos de temporada

El huésped o inquilino de temporada que no paga o no se marcha al terminar el periodo es un problema frecuente en la costa. La vía y los plazos dependen de cómo esté calificado el contrato. En el alquiler de temporada cabe el desahucio por expiración del plazo o por impago. En la explotación turística, según el caso, pueden entrar también reglas de hospedaje. Te decimos qué vía es la tuya y la ejecutamos con rapidez, porque en temporada cada semana cuenta.

Alquiler de temporada vs vivienda turística
Alquiler de temporadaVivienda turística
Qué esArrendamiento para uso distinto, finalidad temporalExplotación comercializada turísticamente
NormaArt. 3 LAUNormativa de turismo de la Comunidad Valenciana
LicenciaNo precisa licencia turísticaDeclaración responsable y Registro de Turismo
Protección del ocupanteSin prórrogas de vivienda habitualReglas de hospedaje según el caso

Cómo llevamos tu caso

Saber en cada momento qué va a pasar importa tanto como el resultado. Por eso seguimos siempre los mismos pasos.

01

Primera consulta

Vemos qué uso le das al inmueble y qué documentación tienes. Te decimos cómo calificarlo y qué te falta.

02

Contrato y trámites

Redactamos el contrato adecuado y te orientamos sobre licencia, registro y estatutos de la comunidad.

03

Defensa

Si hay sanción, acuerdo de comunidad o conflicto con el ocupante, planteamos la defensa o la reclamación.

04

Recuperación

Si el ocupante no paga o no se va, instamos el procedimiento que corresponda hasta recuperar el inmueble.

¿Vas a alquilar por temporada o como vivienda turística? Calificarlo bien desde el principio te evita sanciones y conflictos.

Por qué elegir nuestro despacho para el alquiler turístico en Gandía

Conocemos el mercado de alquiler de la Safor, con su fuerte componente de costa y temporada, porque llevamos 30 años trabajando aquí. Sabemos dónde están los problemas: la calificación del contrato, la licencia turística y la comunidad. Te asesoramos para que tu inversión sea rentable sin sustos administrativos ni vecinales. Atendemos en valenciano e inglés, útil para propietarios e inquilinos extranjeros.

Tu abogado de alquiler de temporada y turístico en el centro de Gandía y la Safor

Estamos en la Calle Raussell 6, en pleno centro de Gandía, a pocos minutos de los Juzgados y cerca de la zona de playa. Asesoramos a propietarios e inquilinos de temporada de toda la Safor y de la provincia de Valencia. La primera toma de contacto puede ser presencial, por teléfono o videollamada.

Si tu caso también toca otras materias, en el despacho llevamos los contratos de arrendamiento y los asuntos de comunidad de propietarios. Puedes ver todas nuestras áreas de práctica y contarnos qué necesitas.

Preguntas frecuentes sobre el alquiler de temporada y turístico en Gandía

¿Es lo mismo alquiler de temporada que vivienda turística?
No. El alquiler de temporada es un arrendamiento para uso distinto del de vivienda (art. 3 LAU), con una finalidad temporal concreta. La vivienda turística es una explotación con comercialización turística sujeta a la normativa de turismo autonómica, con licencia y registro.
¿Necesito licencia para alquilar mi piso a turistas?
Para la explotación como vivienda de uso turístico, sí: la normativa de la Comunidad Valenciana exige declaración responsable e inscripción en el Registro de Turismo. Operar sin ella expone a sanciones. Para un alquiler de temporada civil, los requisitos son distintos.
¿Puede la comunidad de vecinos prohibirme el alquiler turístico?
La Ley de Propiedad Horizontal permite a las comunidades limitar o condicionar esta actividad con la mayoría reforzada que la ley exige. Conviene revisar estatutos y acuerdos antes de empezar, y se puede impugnar un acuerdo que te afecte.
Un inquilino de temporada no se va al acabar, ¿qué hago?
Cabe el desahucio por expiración del plazo o por impago, según el caso. La vía y los plazos dependen de cómo esté calificado el contrato. Conviene actuar pronto, sobre todo en temporada alta.

Pide tu consulta con nuestros abogados en Gandía

Si tienes un asunto entre manos, lo más sensato es comentarlo con un abogado que pueda valorarlo de verdad. En Abogados Chova revisamos tu caso, te explicamos las opciones sin rodeos y te decimos cómo podemos ayudarte.

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