Abogado de comunidad de propietarios en Gandía

Vivir en un edificio es convivir, y convivir genera roces. Un vecino que no paga, una derrama que no cuadra, un acuerdo de junta que te perjudica, un local que monta ruido a deshoras. Son cosas pequeñas que enquistadas se vuelven un infierno para la convivencia en la finca. Llevamos 30 años asesorando a comunidades y a propietarios de Gandía y la Safor.

30 años de experiencia · Primera consulta sin compromiso · Español, valenciano e inglés

Qué hacemos en una comunidad de propietarios en Gandía

Somos un bufete de abogados expertos en la Ley de Propiedad Horizontal, especializados en comunidades de propietarios y derecho inmobiliario, y damos asesoramiento legal y jurídico a la comunidad como tal, a su presidente y a su administrador, y también a propietarios concretos que tienen un problema con la suya. Trabajamos con la Ley de Propiedad Horizontal, la Ley 49/1960, que es la que regula el régimen y la vida del edificio y la relación entre vecinos, y conocemos cómo resuelven estos tipos de conflicto los tribunales. Lo primero es ver el acta, los estatutos, las cuentas (con transparencia) y los gastos aprobados, y la seguridad del edificio si hay riesgo, y a partir de ahí te decimos qué se puede reclamar o impugnar y con qué plazos.

En qué casos te ayudamos

Asuntos de comunidad de propietarios y propiedad horizontal

01

Reclamación de cuotas a un vecino moroso

Cuando un propietario deja de pagar, el resto acaba cargando con lo suyo. La Ley de Propiedad Horizontal da a la comunidad una vía ágil para cobrar esas cuotas impagadas: el procedimiento monitorio del artículo 21. Preparamos la reclamación con el acuerdo de la junta y el certificado de la deuda, y vamos a por lo que se debe antes de que la bola se haga más grande.

02

Impugnación de acuerdos de la junta

No todo lo que aprueba una junta es válido. Si un acuerdo es contrario a la ley o a los estatutos, o te perjudica de forma grave, se puede impugnar al amparo del artículo 18 de la Ley de Propiedad Horizontal. También puede impugnarse cuando hay defectos en la convocatoria de la junta, porque su incumplimiento puede afectar a la validez de los acuerdos. Los plazos son cortos, de un año o de tres meses según el caso, contados desde la adopción del acuerdo o desde la notificación del acta si estabas ausente, así que conviene reaccionar pronto. Revisamos el acta y detectamos posibles incumplimientos para decirte si tu impugnación tiene recorrido y qué posibilidades de éxito tiene. Por ejemplo, la modificación de los estatutos o del título constitutivo exige unanimidad, mientras que las obras de mejora de la eficiencia energética se aprueban por mayoría simple.

03

Obras, ascensor, defectos de construcción, derramas y actividades molestas

Las obras y las derramas son terreno fértil para el conflicto: quién paga, qué mayoría hace falta, qué es obligatorio y qué no. Por ejemplo, instalar un ascensor u otras obras de accesibilidad para vecinos con discapacidad o mayores de 70 años son obligatorias en los términos del artículo 10 LPH. También son frecuentes las problemáticas por humedades o filtraciones en elementos comunes o en sus instalaciones, cuya reparación corresponde a la comunidad, que generan reclamaciones por daños o por vicios de la obra y, si no se reparan a tiempo, pueden afectar al valor de la vivienda. Y luego está el vecino o el local que hace la vida imposible. Siempre que sea viable, priorizamos la mediación y el entendimiento previo para buscar una resolución eficaz antes de acudir a juicio. Frente a las actividades molestas o insalubres, la ley prevé la acción de cesación del artículo 7.2, que bien llevada acaba con el problema. Te decimos qué vía encaja en tu caso.

04

Administrador de fincas, gastos y arrendamientos en la finca

Trabajamos codo con codo con el administrador de fincas y con quien ocupa cada cargo (presidente, vicepresidente, secretario), desde su designación hasta la celebración de cada junta, en la gestión jurídica de la comunidad de vecinos: reparto de gastos según la cuota de participación, fondo de reserva, mantenimiento del inmueble, cuentas y morosidad, y cumplimiento de las normas y obligaciones de cada vecino. También en los conflictos por arrendamiento de pisos turísticos: desde abril de 2025, abrir una nueva vivienda de uso turístico en un edificio exige la aprobación expresa de la junta por tres quintas partes (art. 7.3 LPH), y la junta puede limitar o condicionar esa actividad (art. 17.12 LPH).

Impago de cuotas vs impugnar un acuerdo
Vecino que no pagaAcuerdo que te perjudica
ProblemaLa comunidad no cobra las cuotasUna junta aprueba algo contrario a la ley o a los estatutos
VíaProcedimiento monitorio (art. 21 LPH)Impugnación judicial (art. 18 LPH)
PlazoCuanto antes, para no acumular deuda1 año o 3 meses, según el caso (art. 18 LPH)
ResultadoCobrar lo adeudadoAnular el acuerdo

Cómo llevamos tu caso

Saber en cada momento qué va a pasar importa tanto como el resultado. Por eso seguimos siempre los mismos pasos.

01

Primera consulta

Revisamos el acta, los estatutos y las cuentas y te decimos qué se puede hacer.

02

Estrategia

Elegimos la vía, reclamar, impugnar o cesar la actividad, y preparamos la documentación: elaboración del requerimiento, el certificado o la convocatoria de la reunión, según el aspecto que haya que resolver.

03

Reclamación o demanda

Planteamos el procedimiento, asumimos tu defensa jurídica y tu representación ante el juzgado; al preparar la reclamación o demanda, conocer el funcionamiento de los juzgados de Gandía ayuda a agilizar trámites y escritos.

04

Cierre

Te acompañamos hasta cobrar por la vía judicial (con la ejecución si hace falta), anular el acuerdo o frenar la molestia.

Cuéntanos qué pasa en tu comunidad y lo vemos contigo.

Abogados especialistas en comunidades de vecinos: por qué elegirnos

Cada asunto lo lleva un abogado especializado, profesional experto que domina la Ley de Propiedad Horizontal, con atención directa, especialización real y calidad en la administración de cada caso según tus necesidades e intereses, y conoce cómo funcionan las comunidades de la zona. En 30 años atendiendo a vecinos y juntas de Gandía y la Safor hemos aprendido que estos conflictos se resuelven mejor cuanto antes se cogen, antes de que se conviertan en una guerra entre vecinos. Por eso buscamos la solución más práctica, no la más ruidosa, con asesoría cercana y conocimiento de la zona. Atendemos en español, valenciano e inglés.

Tu abogado de comunidades en el centro de Gandía y la Safor

Estamos en pleno centro de Gandía, en la Calle Rausell 6, a pocos minutos de los Juzgados. Asesoramos a comunidades y propietarios de toda la Safor, de Oliva a Tavernes de la Valldigna, y del resto de la provincia de Valencia. Si te viene mejor, la primera consulta puede ser por teléfono o videollamada.

Si tu caso también toca otras materias, en el despacho llevamos nuestro servicio de abogado inmobiliario en materia de derecho, que abarca compra, venta y alquiler de propiedades, con asesoramiento en revisión, redacción y confección de contratos inmobiliarios. También llevamos reclamaciones civiles de impagos. Puedes ver todas nuestras áreas de práctica y contarnos qué necesitas.

Preguntas frecuentes sobre comunidades de propietarios en Gandía

¿Cómo se cobra a un vecino que no paga las cuotas?
La vía habitual es el procedimiento monitorio del artículo 21 de la Ley de Propiedad Horizontal. Hace falta el acuerdo de la junta que aprueba la deuda y el certificado correspondiente, y con eso se reclama lo adeudado.
Aprobaron una derrama con la que no estoy de acuerdo, ¿puedo impugnarla?
Sí, si votaste en contra (salvaste tu voto) o estuviste ausente, y estás al corriente de pago, puedes impugnar el acuerdo si es contrario a la ley o a los estatutos o te perjudica gravemente. El plazo es corto, así que conviene verlo cuanto antes. También conviene revisar cómo afecta a las personas implicadas, porque no basta con que el presidente decida por su cuenta si la cuestión exigía acuerdo de la junta.
Un local de mi edificio hace mucho ruido, ¿qué puedo hacer?
Frente a las actividades molestas la ley prevé la acción de cesación del artículo 7.2. Antes el presidente requiere a quien la causa y, si no para, con acuerdo de la junta se acude al juzgado para que ordene cesar la actividad, con posible indemnización y, en casos graves, privación temporal del uso del local.
¿Trabajáis con el administrador de fincas? Sí. Muchas comunidades nos llegan a través de su administrador de fincas, y le damos asesoramiento jurídico en las situaciones que se salen de la gestión diaria: morosos, impugnaciones, obras y defectos de construcción. Resolvemos sus dudas y las de la junta con una respuesta rápida, en horas cuando hace falta, y con la intervención necesaria para resolver problemas antes de que lleguen al proceso judicial. ¿Asesoráis a la comunidad o a un propietario solo?
A los dos, aunque no en el mismo conflicto. Llevamos comunidades enteras como clientes y también a propietarios concretos, tanto particulares como empresas, que tienen un problema con la suya. Cuando el conflicto sale del ámbito interno de la comunidad, también presentamos reclamaciones de responsabilidad civil frente a promotores, arquitectos u otros responsables.

Pide tu consulta con nuestros abogados en Gandía

Si tienes un asunto entre manos, lo más sensato es comentarlo con un abogado que pueda valorarlo de verdad. En Abogados Chova revisamos tu caso, te explicamos las opciones sin rodeos y te decimos cómo podemos ayudarte.

Teléfono · WhatsApp
+34 622 854 424

Dirección
Calle Rausell, 6, 1º-1, 46702 Gandía (Valencia)

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