Abogado de Okupas en Gandía
Encontrarte a alguien viviendo en tu propiedad da rabia e impotencia a partes iguales. Y la sensación de que no se puede hacer nada es falsa: sí se puede, pero hay que elegir bien la vía y actuar rápido. Somos abogados especialistas y llevamos 30 años en la recuperación de pisos e inmuebles para propietarios de Gandía y la Safor, con asesoramiento desde el primer día.
30 años de experiencia · Primera consulta sin compromiso · Español, valenciano e inglés
Qué hacemos para desalojar a los okupas en Gandía
Lo primero es ver qué tienes delante. No es lo mismo un inquilino que dejó de pagar la renta del alquiler que una ocupación ilegal sin ningún título ni consentimiento del propietario. Esa diferencia marca toda la estrategia. Con tus papeles encima de la mesa (escritura, documentación del inmueble, recibos de suministros) te decimos por qué vía y de qué forma recuperas la posesión en menos tiempo, y damos el primer paso ese mismo día.
Situaciones de okupación de vivienda que resolvemos
¿Inquilino que no paga u ocupación sin título?
Si hubo contrato y la persona dejó de hacer el pago, lo que toca es un desahucio por impago del contrato de arrendamiento, no una denuncia por ocupación. Si nunca hubo título y entraron sin permiso, hablamos de okupas. Confundir las dos cosas hace perder semanas, así que lo aclaramos antes de presentar nada.
Vía civil rápida para recuperar la posesión
Para recuperar la vivienda sin entrar en lo penal existe el juicio verbal del artículo 250.1.4º de la Ley de Enjuiciamiento Civil, reforzado por la Ley 5/2018. En este procedimiento se da al ocupante un plazo de cinco días para que aporte un título que justifique su estancia. Si no lo tiene, se ordena la entrega del inmueble y se fija fecha de lanzamiento. Ojo: esta vía rápida solo la pueden usar personas físicas propietarias, entidades sin ánimo de lucro y entidades públicas con vivienda social; si el propietario es una empresa, hay que usar otro tipo de acción.
Vía penal: usurpación o allanamiento
Cuando los hechos encajan en un delito, cabe la denuncia. La ocupación de un inmueble que no es vivienda habitual puede ser usurpación, del artículo 245 del Código Penal, castigada con multa, o con prisión si hubo violencia o intimidación. Si lo ocupado es tu morada o domicilio, incluida una segunda residencia que usas, hablamos de allanamiento, del artículo 202, que se castiga con prisión. Desde la Ley Orgánica 1/2025, ambos delitos pueden tramitarse por juicio rápido. Cada caso pide una vía, y a veces se pueden pedir medidas cautelares para el desalojo inmediato. La policía puede actuar sin orden judicial si la ocupación se detecta en el momento, en flagrancia; pasado ese momento, hace falta resolución del juez.
| Vía civil | Vía penal | |
|---|---|---|
| Cuándo encaja | Recuperar la posesión sin entrar en delito | Cuando hay usurpación o allanamiento |
| Procedimiento | Juicio verbal posesorio (art. 250.1.4º LEC) | Denuncia (art. 245 o 202 CP) |
| Qué se busca | Recuperar el inmueble cuanto antes | Castigar la ocupación y desalojar |
| A favor | Plazo breve para aportar título (Ley 5/2018) | Posibles medidas cautelares de desalojo |
Cómo llevamos tu caso
Saber en cada momento qué va a pasar importa tanto como el resultado. Por eso seguimos siempre los mismos pasos.
Primera consulta
Vemos tu título de propiedad y la situación del inmueble, con atención inmediata, y elegimos la vía más rápida.
Demanda o denuncia
Presentamos el procedimiento civil o penal que corresponda a través del juzgado, nos ocupamos de cada trámite y comunicación y pedimos lo que proceda con urgencia. A veces una negociación permite un acuerdo de salida voluntaria con fecha, y lo valoramos.
Desalojo
Seguimos el proceso, con la prueba de la ocupación y una respuesta a cada recurso del ocupante, hasta que se ordena la entrega del inmueble.
Cierre
Recuperada la posesión, te ayudamos con lo que quede, como daños, el pago de suministros o reclamaciones.
Cuéntanos cómo está tu inmueble y vemos la vía más rápida.
Por qué elegir nuestro despacho para un caso de okupas en Gandía
Cada caso lo lleva un abogado experto que conoce las dos vías y sabe cuándo conviene cada una; nuestro objetivo es la defensa de tu propiedad y una solución real al problema. En 30 años atendiendo a cada cliente propietario de Gandía y la Safor hemos visto que la rapidez lo es casi todo, cada mes cuenta: cuanto antes se actúa, antes se recupera el inmueble. Por eso te damos una valoración honesta desde el primer día, sin venderte una desocupación milagro. Atendemos en español, valenciano e inglés.
Tu abogado contra la ocupación en el centro de Gandía y la Safor
Estamos en pleno centro de Gandía, en la Calle Rausell 6, a pocos minutos de los Juzgados. Recuperamos inmuebles en toda la Safor, de Oliva a Tavernes de la Valldigna, y en el resto de la provincia de Valencia. Si te viene mejor, la primera consulta puede ser por teléfono o videollamada.
Si tu caso también toca otras materias, en el despacho llevamos nuestro servicio de abogado inmobiliario y el desahucio por impago. Puedes ver todas nuestras áreas de práctica y contarnos qué necesitas.
Preguntas frecuentes sobre okupas en Gandía
¿Cuál es la vía más rápida para echar a unos okupas?
¿Puedo cortar el agua o la luz para que se vayan?
¿Sirve de algo denunciar si no es mi vivienda habitual?
¿Lleváis casos fuera de Gandía?
Pide tu consulta con nuestros abogados en Gandía
Si tienes un asunto entre manos, lo más sensato es comentarlo con un abogado que pueda valorarlo de verdad. En Abogados Chova revisamos tu caso, te explicamos las opciones sin rodeos y te decimos cómo podemos ayudarte.
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+34 622 854 424
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achova@icav.es
Dirección
Calle Rausell, 6, 1º-1, 46702 Gandía (Valencia)
Derecho inmobiliario en Gandía: servicios relacionados
Si tu caso se complica, el mismo equipo te cubre en abogado de desahucios en Gandía y abogado inmobiliario en Gandía.

