Desahucio por impago en Gandía

Cuando tu inquilino deja de pagar, cada mes que pasa es dinero que no vuelve. Y mientras tú esperas, los gastos de esa vivienda siguen llegando a tu nombre. Cuanto antes mueves ficha, antes la recuperas y antes empiezas a cobrar lo que se debe. Llevamos 30 años tramitando desahucios por impago para propietarios de Gandía y la Safor.

30 años de experiencia · Primera consulta sin compromiso · Español, valenciano e inglés

Qué hacemos en tu desahucio por impago en Gandía

Lo primero es mirar tu contrato y los recibos. Con eso sabemos desde cuándo no se paga, cuánto se debe y si ya puedes resolver el alquiler. El impago de la renta es causa de resolución del contrato según el artículo 27.2 de la Ley de Arrendamientos Urbanos. Todo desahucio nace de un contrato de alquiler, y de cómo esté redactado depende mucho lo rápido que se resuelva.

En la demanda pedimos dos cosas a la vez: que se desaloje al inquilino y que te pague las rentas atrasadas. No basta con recuperar el piso. Queremos que cobres. Y si el asunto se puede cerrar antes con un acuerdo de salida, lo planteamos. Un acuerdo rápido a veces vale más que una sentencia lenta.

En qué casos te ayudamos
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Cuándo puedes resolver el contrato por impago

Basta con que el inquilino deje de pagar la renta o la fianza para que puedas pedir el desahucio. No hay que esperar a que se acumulen muchos meses. Revisamos tu contrato, comprobamos los pagos y, cuando conviene, hacemos un requerimiento previo antes de demandar. Una cosa es el inquilino que no paga y otra muy distinta una ocupación sin contrato: si no hay título de por medio, eso es un caso de okupas y se resuelve por otra vía.

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El procedimiento, paso a paso

El desahucio por impago va por el juicio verbal del artículo 250.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, con la reclamación de las rentas acumulada en la misma demanda. El juzgado admite la demanda, requiere al inquilino y señala de una vez la fecha de la vista y la del lanzamiento, conforme al artículo 440.3. Si el inquilino no paga ni se opone, el caso se resuelve sin necesidad de juicio.

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Enervar: cuándo se puede parar pagando

El inquilino puede frenar el desahucio una sola vez si paga todo lo que debe antes de la vista. Es lo que se llama enervar la acción, y está en el artículo 22.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. No podrá hacerlo si ya enervó en otra ocasión, o si le requeriste el pago con al menos treinta días de antelación y aun así no pagó. Te explicamos cómo te afecta esto antes de empezar.

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Recuperar las rentas, no solo la vivienda

Recuperar el piso está bien, pero lo que quieres es cobrar lo que te deben. Por eso reclamamos las rentas atrasadas en el mismo procedimiento y, con la sentencia o el decreto en la mano, instamos la ejecución para ir a por los bienes del deudor. Cuanto mejor documentado esté el impago, más sencillo resulta después cobrar.

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Casos especiales: local, vulnerabilidad y abandono

No todos los desahucios son iguales. El de un local comercial tiene sus propias reglas. Si el inquilino está en situación de vulnerabilidad, pueden entrar en juego los servicios sociales y los plazos se alargan. Y a veces el inquilino abandona la vivienda sin avisar, y entonces lo que toca es acreditar ese abandono para recuperarla cuanto antes. Cada situación pide una estrategia distinta.

¿Puedes frenar el desahucio pagando? (enervación)
Situación¿Se puede enervar?
Es la primera vez que dejas de pagarSí, pagando todo lo debido antes de la vista
Ya enervaste en un desahucio anteriorNo, solo se permite una vez
El propietario te requirió el pago hace más de 30 díasNo, si avisó y pasó el plazo
Pagas o consignas las rentas a tiempoEl proceso termina y conservas la vivienda
Fases del desahucio por impago
FaseQué ocurre
DemandaSe reclama el desalojo y las rentas atrasadas (art. 250.1 LEC)
Admisión y citaciónEl juzgado señala día de vista y de lanzamiento (art. 440.3 LEC)
Vista o decretoSi no hay pago ni oposición, se resuelve sin juicio
LanzamientoSe recupera la posesión en la fecha señalada

Cómo llevamos tu caso

Saber en cada momento qué va a pasar importa tanto como el resultado. Por eso seguimos siempre los mismos pasos.

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Primera consulta

Revisamos el contrato y los recibos y te decimos desde cuándo se debe y qué se puede reclamar.

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Requerimiento o demanda

Reclamamos el pago cuando conviene y, si no hay respuesta, presentamos la demanda de desahucio con las rentas.

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Vista y lanzamiento

Te representamos ante el juzgado y seguimos el señalamiento hasta el desalojo.

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Cobro

Con la resolución, vamos a por las rentas atrasadas por la vía de ejecución.

Cuéntanos desde cuándo no te pagan y lo revisamos contigo.

Por qué elegir nuestro despacho para tu desahucio en Gandía

Cada desahucio lo lleva un abogado que conoce el procedimiento y el juzgado donde acaba. En 30 años defendiendo a propietarios de Gandía y la Safor hemos aprendido algo simple: aquí el tiempo es dinero, literalmente. Cada mes de retraso es una renta que no cobras. Por eso preparamos la demanda bien a la primera, sin papeles a medias que retrasen la admisión, y te decimos con franqueza qué plazos son realistas. Atendemos en español, valenciano e inglés.

Tu abogado de desahucios en el centro de Gandía y la Safor

Estamos en pleno centro de Gandía, en la Calle Raussell 6, a pocos minutos de los Juzgados. Tramitamos desahucios para propietarios de toda la Safor, de Oliva a Tavernes de la Valldigna, y del resto de la provincia de Valencia. Si te viene mejor, la primera toma de contacto puede ser por teléfono o videollamada.

Si tu caso también toca otras materias, en el despacho llevamos nuestro servicio de abogado inmobiliario y los contratos de alquiler. Puedes ver todas nuestras áreas de práctica y contarnos qué necesitas.

Preguntas frecuentes sobre el desahucio por impago en Gandía

¿Cuánto tarda un desahucio por impago?
Depende de la carga del juzgado y de si el inquilino se opone, pero suele moverse en varios meses. Lo decisivo es presentar la demanda cuanto antes, porque desde ahí corre el plazo y las rentas se siguen sumando a tu favor.
¿Puede el inquilino parar el desahucio pagando?
Sí, puede enervar la acción una sola vez si abona todo lo debido antes de la vista. No podrá si ya lo hizo en otra ocasión, o si le requeriste el pago con treinta días de margen y no pagó.
¿Recupero también las rentas que me debe?
Sí, las reclamamos en la misma demanda del desahucio. Con la sentencia o el decreto instamos la ejecución para cobrar lo atrasado de los bienes del deudor.
¿Y si no firmamos contrato por escrito?
Aun sin contrato escrito puede existir un alquiler si se pagaba una renta. Otra cosa es que no haya relación de arrendamiento y estemos ante una ocupación sin título, que se resuelve por la vía de los okupas. Lo vemos en la consulta.

Pide tu consulta con nuestros abogados en Gandía

Si tienes un asunto entre manos, lo más sensato es comentarlo con un abogado que pueda valorarlo de verdad. En Abogados Chova revisamos tu caso, te explicamos las opciones sin rodeos y te decimos cómo podemos ayudarte.

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Calle Raussell 6, piso 1 · 46701 Gandía (Valencia)