Una pelea que se va de las manos, una agresión, un parte de lesiones. Lo que parecía un mal momento se convierte en un asunto penal con consecuencias serias, y da igual si fuiste tú quien recibió o quien se vio envuelto. Lo importante es ordenar lo que pasó y defender bien tu posición. Llevamos 30 años en defensa y acusación penal para clientes de Gandía y la Safor.
30 años de experiencia · Primera consulta sin compromiso · Español, valenciano e inglés
El delito de lesiones está en el artículo 147 del Código Penal y castiga a quien causa a otro un menoscabo en su salud o integridad. Lo importante, a efectos de pena, es la gravedad de la lesión y qué hizo falta para curarla. Te defendemos si te acusan y te representamos como acusación particular si fuiste tú el agredido.
Lo primero es reconstruir lo que de verdad ocurrió: quién empezó, si hubo legítima defensa, qué dicen los partes médicos y los testigos. Muchos asuntos de lesiones se ganan o se pierden ahí. Te damos una valoración honesta desde el principio, sin alimentar falsas expectativas.
No toda lesión es igual. Si bastó la primera asistencia médica, suele tratarse como un delito leve, con consecuencias menores. Si hizo falta tratamiento médico o quirúrgico, estamos ante el delito de lesiones del artículo 147, y si hay pérdida de un órgano, una secuela grave o se usó un arma, la pena sube conforme a los artículos 148 y 150, y cuando hay resultado de muerte hablamos ya de homicidio. Saber dónde encaja tu caso lo cambia todo.
Defenderse de una agresión no es lo mismo que agredir. La legítima defensa, cuando concurre, puede eximir de responsabilidad, y hay atenuantes que rebajan la pena. En el otro lado, si eres la víctima, nos ocupamos de que la lesión quede bien documentada y de reclamar la indemnización por el daño. Estudiamos qué juega a tu favor.
| Delito leve | Delito de lesiones | |
|---|---|---|
| Curación | Basta la primera asistencia | Necesita tratamiento médico o quirúrgico |
| Ejemplo | Golpe sin secuelas | Fractura o secuelas |
| Base | Art. 147.2 CP | Art. 147.1 y 148-150 CP |
| Procedimiento | Juicio por delito leve | Procedimiento penal |
Saber en cada momento qué va a pasar importa tanto como el resultado. Por eso seguimos siempre los mismos pasos.
Nos cuentas qué pasó y revisamos los partes médicos, denuncias y testigos.
Definimos la defensa o la acusación y valoramos legítima defensa y atenuantes.
Te representamos en el juicio, sea por delito leve o por el procedimiento penal.
Te acompañamos hasta la sentencia y, en su caso, la indemnización.
Cada caso lo lleva un abogado que domina la materia penal. En 30 años hemos defendido y acusado en muchos asuntos de lesiones de vecinos de Gandía y la Safor, y sabemos que aquí lo decisivo es reconstruir bien los hechos y la prueba médica. Por eso te damos una valoración honesta desde el primer día. Atendemos en español, valenciano e inglés.
Estamos en pleno centro de Gandía, en la Calle Raussell 6, a pocos minutos de los Juzgados. Llevamos asuntos penales en toda la Safor, de Oliva a Tavernes de la Valldigna, y en el resto de la provincia de Valencia. Si te viene mejor, la primera consulta puede ser por teléfono o videollamada.
Si tu caso también toca otras materias, en el despacho llevamos nuestro servicio de abogado penalista y los delitos de estafa. Puedes ver todas nuestras áreas de práctica y contarnos qué necesitas.
Si tienes un asunto entre manos, lo más sensato es comentarlo con un abogado que pueda valorarlo de verdad. En Abogados Chova revisamos tu caso, te explicamos las opciones sin rodeos y te decimos cómo podemos ayudarte.
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